Loe raamatut: «Manual de procesos de familia», lehekülg 3

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7.2.1. La licencia que soliciten el padre o madre de familia o los guardadores para enajenar o gravar bienes de sus representados, o para realizar otros actos que interesen a estos, en los casos en que el Código Civil u otras leyes lo exijan

7.2.1.1. Objeto

7.2.1.2. Partes

7.2.1.3. Competencia y trámite

7.2.1.4. Demanda

7.2.1.5. Procedimiento

7.2.1.6. Sentencia

7.2.2. Licencia para la emancipación voluntaria

7.2.2.1. Objeto

7.2.2.2. Partes

7.2.2.3. Competencia y trámite

7.2.2.4. Demanda

7.2.2.5. Procedimiento

7.2.2.6. Sentencia

7.2.3. Adjudicación, modificación o terminación judicial de apoyos promovido por la persona titular del acto jurídico

7.2.3.1. Reglas para la adjudicación judicial de apoyos cuando es promovida por el titular del acto jurídico

7.2.3.2. Objeto

7.2.3.3. Partes

7.2.3.4. Competencia y trámite

7.2.3.5. Procedimiento

7.2.3.6. Traslado

7.2.3.7. Pruebas

7.2.3.8. Sentencia

7.2.4. Reconocimiento del guardador testamentario y posesión del cargo (artículo 582)

7.2.4.1. Cuando el guardador solicite directamente que se le dé posesión del cargo…

7.2.4.2. Prestada la caución…

7.2.4.3. El menor adulto podrá pedir que se requiera al guardador…

7.2.4.4. Partes

7.2.4.5. Competencia y trámite

7.2.4.6. Demanda

7.2.4.7. Procedimiento

7.2.4.8. Sentencia

7.2.5. Declaración de ausencia

7.2.5.1. Objeto

7.2.5.2. Partes

7.2.5.3. Competencia y trámite

7.2.5.4. Demanda

7.2.6. Presunción de muerte por desaparecimiento

7.2.6.1. Objeto

7.2.6.2. Partes

7.2.6.3. Competencia

7.2.6.4. Demanda

7.2.7. Demanda para tramitar simultáneamente la declaración de ausencia y de muerte presunta por desaparecimiento

7.2.8. Divorcio de matrimonio civil. Cesación de efectos civiles por divorcio de matrimonio religioso por mutuo acuerdo

7.2.8.1. Objeto

7.2.8.2. Partes

7.2.8.3. Competencia y trámite

7.2.8.4. Demanda

7.2.8.5. Procedimiento

7.2.8.6. Contenido de la sentencia y notificación

7.2.9. Insinuación de donación de bienes en favor de los incapaces

7.2.9.1. Objeto

7.2.9.2. Partes

7.2.9.3. Competencia y trámite

7.2.9.4. Demanda

7.2.9.5. Procedimiento

7.2.9.6. Contenido de la sentencia

7.2.10. La autorización requerida en caso de adopción

7.2.10.1. Partes

7.2.10.2. Competencia y trámite

7.2.10.3. Demanda

7.2.10.4. Reglas especiales del procedimiento de adopción

7.2.10.4.1. Demanda

7.2.10.4.2. Suspensión del proceso

7.2.10.4.3. Terminación anticipada del proceso

7.2.10.4.4. Notificación de la sentencia

7.2.10.4.5. Contenido y efectos de la sentencia

7.2.11. Adopción para mayores de edad

7.2.11.1. Partes

7.2.11.2. Competencia y trámite

7.2.11.3. Demanda

7.2.11.4. Procedimiento

7.2.11.5. Contenido y efectos de la sentencia

7.2.12. Autorización para cancelar, modificar o sustituir el patrimonio de familia inembargable cuando existan hijos menores de edad

7.2.12.1. Objeto

7.2.12.2. Partes

7.2.12.3. Competencia y trámite

7.2.12.4. Demanda

7.2.12.5. Procedimiento

7.2.12.6. Contenido de la sentencia

7.2.13. Corrección, sustitución o adición de partidas del estado civil o del nombre, o anotación del seudónimo en actas o folios de registro de aquel

7.2.13.1. Objeto

7.2.13.2. Partes

7.2.13.3. Competencia y trámite

7.2.13.4. Demanda

7.2.13.5. Procedimiento

7.2.13.6. Contenido de la sentencia

7.2.14. Proceso de fijación de identidad personal cuando una persona tiene dos partidas de estado civil de nacimiento con datos diferentes

7.2.14.1. Objeto

7.2.14.2. Competencia y trámite

7.2.14.3. Demanda

7.2.14.4. Procedimiento

7.2.14.5. Sentencia

7.2.14.6. Contenido de la sentencia

7.2.15. Designación de curador especial para que presente inventario solemne de bienes en caso de nupcias del padre o madre que tenga hijos menores de edad bajo potestad parental

7.2.15.1. Objeto

7.2.15.2. Competencia y trámite

7.2.15.3. Demanda

7.2.15.4. Procedimiento

7.2.15.5. Contenido de la sentencia

7.2.16. Designación de guardador para que ejerza el cuidado y representación de los niños, niñas y adolescentes que hayan perdido a sus padres por muerte o decisión judicial

7.2.16.1. Objeto

7.2.16.2. Competencia y trámite

7.2.16.3. Demanda

7.2.16.4. Procedimiento

7.2.16.5. Contenido de la sentencia

CAPÍTULO VIII. DILIGENCIAS JUDICIALES

8.1. Homologación de la resolución proferida por el defensor de familia mediante la cual se decreta la adopción como medida de protección, en caso de oposición

8.1.1. Objeto

8.1.2. Competencia

8.1.3. Contenido de la sentencia

8.2. Homologación de la resolución proferida por el defensor de familia que decide sobre el restablecimiento de los derechos de los niños, niñas y adolescentes

8.2.1. Objeto

8.2.2. Juez competente

8.2.3. Decisión

8.3. La homologación de la sentencia de nulidad de matrimonio religioso

8.3.1. Objeto

8.3.2. Competencia

8.3.3. Trámite

8.3.4. Contenido de la sentencia

8.4. Diligencia de apertura y publicación judicial del testamento cerrado, en caso de oposición

8.4.1. Objeto

8.4.2. Competencia

8.4.3. Trámite

8.5. Publicación del testamento otorgado ante cinco testigos

8.5.1. Objeto

8.5.2. Competencia

8.5.3. Trámite

8.6. Reducción a escrito de testamento verbal

8.6.1. Objeto

8.6.2. Competencia

8.6.3. Trámite

8.6.4. Apelaciones

8.7. Citación para reconocimiento de hijo extramatrimonial

8.7.1. Objeto

8.7.2. Competencia

8.7.3. Partes

8.7.4. Trámite

8.8. Celebración de matrimonio civil

8.8.1. Comparecencia

8.8.2. Juez competente

8.8.3. Diligencias previas

8.8.4. Oposiciones al matrimonio

8.8.5. Término para la celebración

8.8.6. Celebración

8.8.7. Matrimonio in extremis

8.8.8. Acta de matrimonio

CAPÍTULO IX. TRÁMITES Y ACTUACIONES NOTARIALES EN DERECHO DE FAMILIA

9.1. Celebración de matrimonio civil ante notario público

9.1.1. Matrimonio de menores

9.1.2. Matrimonio por poder

9.1.3. Solicitud de matrimonio

9.1.4. Anexos

9.1.5. Trámite

9.1.6. Contenido de la escritura pública

9.1.7. Oposición

9.1.8. Desistimiento

9.1.9. Matrimonio in extremis

9.1.10. Matrimonio ante agentes diplomáticos o consulares

9.2. Liquidación de herencia y sociedad conyugal o patrimonial por mutuo acuerdo de los interesados

9.2.1. Solicitud

9.2.2. Trámite

9.2.3. Solemnización del trámite

9.2.4. Presentación de nuevos interesados

9.2.5. Liquidación adicional

9.2.6. Acumulación

9.2.7. Inscripción

9.2.8. Desistimiento

9.2.9. Trámites simultáneos

9.2.10. Pluralidad de escrituras públicas

9.2.11. Conocimiento judicial

9.2.12. Traslado de la actuación

9.2.13. Derechos notariales

9.2.14. Comunicaciones

9.3. Divorcio de matrimonio civil, cesación de los efectos civiles de los matrimonios religiosos por mutuo acuerdo de los cónyuges

9.3.1. La petición, el acuerdo y sus anexos

9.3.2. Anexos

9.3.3. Intervención del defensor de familia

9.3.4. Desistimiento

9.3.5. Protocolización de los anexos y autorización

9.3.6. Registro de la escritura de divorcio o de la cesación de los efectos civiles de los matrimonios religiosos

9.3.7. Tarifa

9.4. Separación de bienes por mutuo acuerdo de los cónyuges

9.5. Constitución voluntaria de patrimonio de familia inembargable

9.5.1. Constitución

9.5.2. Beneficiarios

9.5.3. Petición y sus anexos

9.5.4. Emplazamiento y publicaciones

9.5.5. La escritura pública

9.5.6. Documentos que se deben protocolizar

9.6. Sustitución y cancelación voluntaria del patrimonio de familia inembargable

9.6.1. Contenido de la solicitud

9.6.2. Anexos a la solicitud

9.6.3. Intervención del defensor de familia

9.6.4. Escritura pública de sustitución y cancelación del patrimonio de familia

9.7. Trámites notariales regulados en el Código General del Proceso

9.8. De la autorización notarial para enajenar bienes de los incapaces, de conformidad con el artículo 581 del Código General del Proceso

9.8.1. Solicitud de autorización para enajenar bienes de incapaces

9.8.2. Requisitos de la solicitud

9.8.3. Anexos

9.8.4. Trámite

9.8.5. Escritura pública

9.8.6. Derechos notariales

9.9. De la declaración de mera ausencia del desaparecido y del nombramiento de su administrador mientras dure la ausencia

9.9.1. Declaración de mera ausencia del desaparecido

9.9.2. Requisitos de la solicitud

9.9.3. Anexos de la solicitud

9.9.4. Iniciación del trámite

9.9.5. Obligaciones especiales del administrador

9.9.6. Escritura pública

9.9.7. Inscripciones

9.9.8. Derechos notariales

9.10. Del inventario solemne de bienes propios de menores bajo patria potestad o mayores discapacitados, en caso de matrimonio, de declaración de unión marital de hecho o declaración de sociedad patrimonial de hecho de uno de los padres, así como la declaración de inexistencia de bienes propios del menor o del mayor discapacitado cuando fuere el caso, de conformidad con los artículos 169 y 170 del C. C. Este trámite está previsto en la Ley 962 de 2005 y en el Decreto Reglamentario 2817 de 2006

9.10.1. Tramite notarial

9.10.2. Requisitos de la solicitud

9.10.3. Anexos

9.10.4. Curador especial

9.10.5. Inventario

9.10.6. Escritura pública

9.10.7. Vigencia del inventario o de la declaración

9.10.8. Derechos notariales

9.11. De la custodia del hijo menor o del mayor discapacitado y la regulación de visitas de común acuerdo

9.11.1. Custodia y regulación de visitas

9.11.2. Requisitos de la solicitud

9.11.3. Anexos

9.11.4. Escritura pública

9.11.5. Derechos notariales

9.12. De las declaraciones de constitución, disolución y liquidación de la sociedad patrimonial de hecho, y de la existencia y cesación de efectos civiles de la unión marital de hecho entre compañeros permanentes, de común acuerdo

9.12.1. Declaración de la existencia de la sociedad patrimonial entre los compañeros permanentes

9.12.2. Declarar disuelta la sociedad patrimonial

9.12.3. Liquidación de la sociedad patrimonial

9.12.4. Declarar la existencia de la unión marital de hecho

9.12.5. Solicitud de declaración de existencia de la unión marital de hecho

9.12.6. Anexos de la solicitud

9.12.7. Declaración de cesación de efectos civiles de la unión marital de hecho

9.12.7.1. Solicitud

9.12.7.2. Anexos de la solicitud

9.12.7.3. Intervención del defensor de familia

9.13. Declaración de existencia de sociedad patrimonial de hecho

9.13.1. Solicitud

9.13.2. Anexos de la solicitud

9.13.3. Disolución y liquidación de la sociedad patrimonial de hecho

9.13.3.1. Solicitud

9.13.3.2. Anexos

9.13.3.3. Escritura pública

9.13.3.4. Concurrencia de trámites

9.13.3.5. Derechos notariales

9.14. De la declaración de bienes de la sociedad patrimonial de hecho no declarada, ni liquidada, que ingresan a la sociedad conyugal

9.14.1. Trámite

9.14.2. Solicitud

9.14.3. Escritura pública

9.14.4. Derechos notariales

9.15. Corrección de errores en los registros civiles y cambio de nombre

9.15.1. Corrección del registro de estado civil

9.15.2. Corrección de errores

9.15.2.1. Requisitos de la solicitud

9.15.2.2. Anexos de la solicitud

9.15.2.3. Trámite de la corrección

9.15.2.4. Derechos notariales

9.15.3. Cambio de nombre

9.16. Corrección del componente sexo en el registro del estado civil

9.16.1. Objeto

9.16.2. Alcance de la corrección

9.16.3 Requisitos de la solicitud

9.16.4. Documentación necesaria

9.16.5. Límites a la corrección del componente sexo en el registro del estado civil

9.16.6. Reglas de la corrección

9.16.7. Tarifa

9.17. Partición del patrimonio que en vida espontáneamente quiera efectuar una persona para adjudicar todo o parte de sus bienes, con o sin reserva de usufructo o administración

9.17.1. Solicitud

9.17.2. Anexos

9.18. Remate de bienes por comisión al notario

9.18.1. Tarifa

9.18.2. Pago

9.18.3. Devolución del comisorio

9.18.4. Gestión de promoción para el remate

9.19. Constitución, modificación y levantamiento de afectación a vivienda familiar

9.20. Insinuación de donación ante notario

9.21. Conciliaciones extrajudiciales en derecho de familia

9.22. Recepción de declaraciones juramentadas

9.23. Autorización de escritura pública de declaración de la unión solemne de parejas del mismo sexo

BIBLIOGRAFÍA

INTRODUCCIÓN

Teniendo en cuenta que nuestro ordenamiento jurídico no cuenta con un Estatuto Procesal de Familia es necesario acudir al Código General del Proceso para buscar la solución de los conflictos jurídicos surgidos de las relaciones familiares, por lo que es importante presentar un documento que trate y desarrolle los diferentes procesos y trámites consagrados por el legislador para buscar solución a dichos conflictos a través de los procedimientos indicados en el Código General del Proceso y en las normas especiales.

La recopilación de los asuntos de familia que deben ser tramitados de acuerdo con los parámetros indicados en el Código General del Proceso se realiza teniendo en cuenta su naturaleza, la competencia, el trámite, las disposiciones especiales para cada juicio, los mecanismos de defensa del demandado, las medidas cautelares, las providencias, los recursos, la forma de terminación anormal del proceso, la sentencia y sus efectos.

Este trabajo ha sido el resultado de una investigación documental fundamentada en el estudio y análisis de las normas consagradas en el Código Civil, el Código General del Proceso, las leyes especiales y los decretos relacionados con la institución familiar y con los diferentes pronunciamientos de las altas Cortes y los comentarios de los doctrinantes nacionales respecto del tema en estudio.

La nueva edición (5ª) surge ante la expedición de nuevas normas relacionadas con el derecho de familia, al tratamiento que se ha venido dando en la solución de los conflictos de familia que han generado diferentes posiciones entre los operadores de la justicia, los abogados y las personas involucradas en hechos que dan origen a los procesos judiciales y trámites notariales.

Pretendo que este documento se convierta en una herramienta de consulta de todas las personas interesadas en el estudio y aplicación del derecho de familia y que deseen obtener información respecto de los diferentes procesos de familia, su trámite, sus efectos y los trámites y actuaciones notariales indicados para tratar de solucionar los conflictos surgidos en la familia, ya se deriven de la relación de pareja o de la relación padres e hijos.

TÍTULO I LA INSTITUCIÓN DE LA FAMILIA Y SU EVOLUCIÓN LEGISLATIVA

Si comparamos la reglamentación de la institución de la familia en el primitivo Código Civil y en la legislación existente podemos apreciar una gran evolución en las normas trazadas ante las nuevas formas de concebir y resolver los conflictos familiares; veamos sintéticamente las principales reformas introducidas al Código Civil durante estos dos últimos siglos:

1) Ley 28 de 1932. Remplazó el principio según el cual las mujeres casadas eran incapaces y su marido su representante legal; lo que implica que las mujeres casadas son capaces en el mismo grado que los varones y dispuso la libre administración de los bienes por parte de su titular mientras esté vigente la sociedad conyugal.

2) Ley 70 de 1931. Modificada por la Ley 546 de 1999. Autorizó y reglamentó la constitución del patrimonio de familia inembargable, con criterio y fines de acción social.

3) Ley 45 de 1936. Modificada por la Ley 75 de 1968, Ley 29 de 1982 y Ley 721 de 2001. Relativa a la filiación natural, clasificación de los hijos, derechos hereditarios, acción de investigación e impugnación de la paternidad y la maternidad.

4) Ley 266 de 1938. Autorizó la celebración de matrimonios de extranjeros ante sus respectivos agentes diplomáticos o cónsules.

5) Ley 83 de 1946. Creó la jurisdicción de menores, la ley orgánica de la defensa del niño, el juez de menores y el promotor-curador de menores.

6) Ley 75 de 1968. Modificó la Ley 45 de 1936 respecto de la filiación natural, consagró las causales y el procedimiento para la acción de investigación de la paternidad, las formas de reconocimiento de hijo extramatrimonial, la citación al presunto padre para que declarara bajo juramento, ante un juez, si creía ser el padre del menor interesado, creó el Instituto Colombiano de Bienestar Familiar y le asignó las funciones.

7) Decreto Ley 1260 de 1970. Reglamentó el estatuto notarial del estado civil de las personas.

8) Ley 20 de 1974. Aprobó el concordato celebrado por el gobierno con la Santa Sede. También autorizó la celebración del matrimonio civil sin tener en cuenta la religión que se profese.

9) Decreto 2820 de 1974. Mediante el cual se eliminó el concepto de potestad marital, se creó la igualdad de derechos y obligaciones entre el hombre y la mujer y se determinó que los padres ejercerán conjuntamente la potestad parental respecto de los hijos de familia.

10) Ley 5 de 1975. Reglamentó la adopción desde criterios diferentes a los establecidos en el Código Civil.

11) Ley 1 de 1976. Autorizó y reglamentó el divorcio del matrimonio civil, se reguló la separación legal de cuerpos y de bienes para cualquier matrimonio, se modificaron algunas disposiciones del Código Civil y de procedimiento civil.

12) Ley 27 de 1977. Estableció la mayoría de edad para los colombianos a los dieciocho años.

13) Ley 29 de 1982. Confirió igualdad de derechos herenciales a los hijos legítimos, extramatrimoniales y adoptivos. También hizo ajustes a los órdenes sucesorales.

14) Con la expedición de la Ley 30 de 1987, el Congreso concedió facultades extraordinarias y temporales al Ejecutivo para que promulgaran normas tendientes a crear, suprimir, modificar, fusionar juzgados, fiscalías y magistrados en las distintas áreas y niveles de la administración de justicia, con el fin de desjudicializar determinados conflictos o actuaciones y simplificar trámites para descongestionar los despachos judiciales. Con tal propósito se expidieron una serie de decretos con fuerza de ley que determinaron modificaciones importantes a las normas civiles y de procedimiento civil que regulan la institución familiar; veámoslas:

a) Decreto 902 de 1988. Autoriza la liquidación de la sociedad conyugal y la herencia ante notario público, siempre y cuando los herederos y cónyuge sobreviviente sean plenamente capaces y actúen de mutuo acuerdo. Modificado por el Decreto 1729 de 1989 y el 2651 de 1991, por el cual se autorizó el trámite notarial no obstante existan incapaces y siempre y cuando por lo menos uno de los herederos sea plenamente capaz.

b) Decreto 999 de 1988, permite la modificación del registro civil para sustituir, rectificar, corregir, adicionar el nombre, con el fin de fijar la identidad personal por el propio inscrito mediante escritura pública y por una sola vez.

c) Decreto 2458 de 1988. Derogado por la Ley 25 de 1992. Por el cual se autoriza la separación de cuerpos de matrimonio civil por mutuo acuerdo de los cónyuges mediante escritura pública.

d) Decreto 2668 de 1988. Autoriza la celebración de matrimonio civil ante notario público mediante escritura pública. Modificado por el Decreto 1556 de 1989.

e) Decreto 1557 de 1989. Faculta a los notarios para recibir, bajo juramento, declaraciones de terceros para fines extraprocesales.

f) Decreto 1712 de 1989. Autoriza la insinuación de donaciones ante notario público mediante escritura pública cuando los bienes tengan un valor superior a cincuenta salarios mínimos mensuales y el donante y donatario sean plenamente capaces.

g) Decreto 1.900 de 1989. Derogado por la Ley 25 de 1992. Autoriza el divorcio del matrimonio civil por mutuo acuerdo de los cónyuges, ante notario con fundamento en la separación de cuerpos decretada judicialmente que perdure por más de dos (2) años.

h) Decreto 2737 de 1989. Código del Menor (derogado por la Ley 1098 de 2006), por el cual se crea el Defensor de Familia, se le asignan funciones de conciliador: en dicha función puede adelantar, entre otras tareas, conciliaciones respecto de la separación de cuerpos, de bienes y liquidación de sociedades conyugales por mutuo acuerdo de los cónyuges.

i) Ley 23 de 1991. Crea y estructura la conciliación extraprocesal como mecanismo alternativo de solución de conflictos, haciéndose extensiva al derecho de familia en asuntos relacionados con la pareja como son la separación de cuerpos, de bienes, la liquidación de sociedades conyugales, la fijación y modificación de la cuota alimentaria, en fin, todas aquellas controversias de familia que admitan disposición del derecho. Modificada por la Ley 446 de 1998, decreto 1818 de 1998 y la Ley 640 de 2001, que ordenan intentar la conciliación como requisito de procedibilidad de todo proceso de familia en aquellos casos en que el asunto sea susceptible de solución por este medio.

j) Ley 25 de 1992. Se introduce en la legislación el proceso de cesación de efectos civiles del matrimonio religioso, modifica las causales de divorcio de matrimonio civil, consagra la causal objetiva para el divorcio y la cesación de los efectos civiles, la separación de cuerpos o de bienes y dispone que el matrimonio se disuelve o cesen sus efectos civiles por mutuo acuerdo de los cónyuges, siempre y cuando intervenga el juez competente. Norma que fue modificada por la Ley 962 de 2005.

k) Ley 358 de 1996. Se autoriza la constitución, modificación y levantamiento de la afectación a vivienda familiar.

l) Ley 721 de 2001, Introduce la prueba genética como única en los procesos de filiación y señala el trámite que se debe seguir.

m) Ley 794 de 2003. Introduce reformas importantes al Código de Procedimiento Civil.

n) Ley 962 de 2005. Antitrámites. Consagra el divorcio por mutuo acuerdo, ante notario y mediante escritura pública. Decreto 4436 de 2006. Decreto 2817 de 2006, reglamentarios de la mencionada ley.

ñ) Ley 979 de 2005. Modificatoria de la Ley 54 de 1990, respecto de la declaración de existencia de Unión Marital de Hecho, sociedad patrimonial, su disolución y liquidación, mediante escritura pública o conciliación extraprocesal y por decisión judicial.

o) Ley 1060 de 2006. Por la cual se modifican las normas que regulan la impugnación de la paternidad y la maternidad.

p) Ley 1098 de 2006 de infancia y adolescencia.

q) Ley 1564 de 2012. Código General del Proceso.

r) Decreto 1664 de 2015.

s) Decreto Único Reglamentario 1069 de 2015.

t) Corte Constitucional. Sentencia SU-214/16. M. P. Alberto Rojas R.

u) Ley 1996 de 2019. Presunción de capacidad de las personas mayores de 18 años.

w) Decreto Extraordinario No. 806 de 2020. Disposiciones especiales que se tienen que aplicar debido a la pandemia de la COVID-19.