Loe raamatut: «Políticas públicas para el desarrollo municipal»

Font:


El Colegio Mexiquense, A.C.

Dr. César Camacho

Presidente

Dr. José Antonio Álvarez Lobato

Secretario General

Dr. Raymundo César Martínez García

Coordinador de Investigación


321

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JP

JPT

Políticas públicas para el desarrollo municipal / Coord. Cristina Girardo.—

Zinacantepec, Estado de México: El Colegio Mexiquense, A. C., 2020.

171 p.: cuadros. (Quincentenario del Municipio Mexicano, 2) Incluye refererencias consultadas

ISBN 978-607-8509-68-3 (edición impresa)

ISBN 978-607-8509-75-1 (edición electrónica)

1. Políticas públicas y municipios. 2. Desarrollo municipal. 3. Municipios - Aspectos sociales y económicos. I. Girardo, Cristina, coord.

Edición y corrección: Trilce Piña Mendoza Diseño, formación, tipografía y cuidado de la edición: Luis Alberto Martínez López Ilustración de portada: Luis Alberto Martínez López

Primera edición 2020

D.R. © El Colegio Mexiquense, A. C.

Ex Hacienda Santa Cruz de los Patos s/n,

col. Cerro del Murciélago,

Zinacantepec 51350, México

MÉXICO

Página-e: www.cmq.edu.mx

Esta obra fue sometida a un proceso de dictaminación académica bajo el principio de doble ciego, tal y como se señala en los puntos 31 y 32, del apartado V, de los Lineamientos Normativos del Comité Editorial de El Colegio Mexiquense, A.C.

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Hecho en México /Made in Mexico

ISBN 978-607-8509-68-3 (edición impresa) ISBN 978-607-8509-75-1 (edición electrónica)

Contenido

Presentación

Introducción: El municipio y las políticas públicas para impulsar el desarrollo local/territorial Cristina Girardo

I. Apuntes de trabajo sobre la tragedia municipal Mauricio Merino

II. Principios de gobernanza local en un mundo globalizado Alfonso X. Iracheta Cenecorta

III. Rasgos principales del enfoque del desarrollo económico territorial Francisco Alburquerque Llorens

IV. La política pública municipal en el marco del federalismo mexicano: la historia reciente y los riesgos en el actual proceso de cambio Rodolfo García del Castillo

V. Modelos criminales en Roma: el caso del barrio de Ostia Ilaria Meli

VI. Participación en la prestación de un servicio municipal: comité independiente de agua potable en Jiquipilco, México Javier Cruz Romero Arana y Cecilia Cadena-Inostroza

Presentación

Cinco siglos de historia han pasado y hoy lo conmemoramos porque conmemorar no es solamente hacer memoria en común, evocación que permite la retrospectiva y el recuento; es, también, ejercicio de reflexión y proyección, visión estratégica que se alimenta de enseñanzas, algunas dolorosas, pero todas aleccionadoras y fecundas. Oportunidad para repensar y, así, revalorar al muy mexicano municipio. Preludio a la acción que, conociendo de dónde se viene, traza el camino hacia dónde se quiere ir.

Tal fue el propósito del Segundo Congreso Internacional de Derecho Municipal, convocado por El Colegio Mexiquense a propósito del quincentenario de la fundación del primer municipio en la América continental; foro en el que, sin dogmatismos, en un clima de libertad, muy destacados conferencistas y ponentes, nacionales e internacionales, hicieron un diagnóstico acertado, fundado y crítico de la historia, del presente y devenir de esta comunidad política que es, al mismo tiempo, asamblea de iguales, gobierno doméstico y escuela de la democracia.

Intentemos retroceder en el tiempo y recrear la escena. En la selva de la ciénaga del Golfo del Anáhuac, el olor de la vegetación descomponía los intestinos, el calor provocaba que el viento ardiera, el color llenaba de verdes imposibles los ojos de los conquistadores. ¡Sobrenatural! Así fue el primer impacto que recibieron, poderoso como el temor que los impulsaba a avanzar hacia lo incógnito; con la improbable consciencia de estar adentrándose en el futuro. En ese entorno y con una síntesis de audacia, ambición y aventura, en una playa baldía, el 22 de abril de 1519, amparándose en la práctica legal llamada “poblamiento”, figura jurídica usada años antes en la península Ibérica para recuperar los territorios ocupados por los árabes, Hernando Cortés procedió a la apremiada fundación de la Villa Rica de la Vera Cruz, el primer ayuntamiento en tierra firme del septentrión.

Con este acto jurídico creador, dotó de fuerza legitimadora a la “Nueva España del Mar Océano”. Fue, en palabras del historiador Antonio García de León, un acto de extrema rebeldía, pero también de evidente agudeza jurídica y de genio político. Fue, lo entendemos así, acontecimiento histórico y momento fundacional. Punto de quiebre y de partida, agonía y alumbramiento, origen y destino.

Una vez elegido el cabildo por la tropa de soldados convertidos en vecinos de ocasión, Cortés dejó atrás su condición de subordinado de Diego Velázquez de Cuéllar y asumió las responsabilidades que le asignó el ayuntamiento de la villa como “Justicia Mayor, Alcalde y Capitán General de todos”. Ignoraba que, en ese tiempo, el imperio mexica tenía como su base de organización sociopolítica al Calpulli, estructura vecinal con autonomía, formada por un conjunto de familias con ascendencia compartida que poseían tierras y desarrollaban trabajo comunitario; un gobierno interno y una escuela de formación para jóvenes guerreros. Sociedad organizada y hegemónica que habría de derrumbarse en los siguientes meses para dar paso a la fusión de dos civilizaciones predestinadas a converger desde ángulos opuestos; una desde la épica y otra desde la tragedia, para formar, juntas, la simiente de la nueva nación mexicana.

Resultó paradójico: mientras en España, en Villalar, moría el gobierno comunal en los dominios del primer Habsburgo, en Veracruz nacía el municipio mexicano en los dominios del último tlatoani.

Estos hechos acreditan, pues, que el nuestro, como la Patria misma, es un municipio mestizo; que rescataba la fuertemente arraigada estructura social prehispánica, al tiempo que echaba mano de la experiencia del cabildo español que heredó una larga tradición que se remonta incluso a la república romana en cuyo seno había germinado la civitas moderna. La propia etimología del vocablo “municipio” lo sugiere pues proviene de las voces munus y capere, que juntas se refieren a la obligación que se imponía a los habitantes de los primeros centros urbanos a “hacerse cargo” de los gastos comunes, es decir, a contribuir a la cosa pública; tras de lo cual se les reconocía como individuos capaces de representarse ante la autoridad, portadores de derechos y aportadores de opiniones en la discusión de los asuntos generales. Iniciaba entonces la conversión del hombre libre en ciudadano y contribuyente.

En México, el decurso jurídico y político del municipio fue azaroso. En la Colonia los ayuntamientos recién instituidos se consolidaron en las ciudades y villas erigidas por y para los españoles, mientras que, en los cuatro mil pueblos de indios llamados “repúblicas”, se crearon concejos municipales para representarlos ante el gobierno novohispano; situación que la Constitución de Apatzingán de 1814 no se atrevió a alterar, estableciendo que en pueblos, villas y ciudades habría, respectivamente, gobernadores, repúblicas y ayuntamientos, mientras no se adoptara otro sistema.

Dilema propio de toda “sociedad fluctuante”, en la que pugnan, de un lado, el orden colonial que se niega a claudicar, y del otro, el surgido de la independencia que no atina a imponerse, tal oscilación llevó a que los textos constitucionales federalistas no regularan en forma explícita el orden municipal, probablemente en el afán de respetar la autonomía de los estados; en tanto que los centralistas sí tuvieron el acierto de preverlo en la ley fundamental, si bien sometiéndolo a los niveles superiores de gobierno.

Desde la Constitución de Cádiz, que previó la composición de los ayuntamientos, la forma de elegir a sus miembros y sus principales atribuciones; hasta el Reglamento Provisional del Imperio de 1822 que prescribía el papel que jugarían intendencias, diputaciones provinciales, ayuntamientos y alcaldías, pasando por la Constitución de Apatzingán que mantuvo el estado de cosas en tanto “la soberanía de la nación formaba el cuerpo de leyes que habrían de sustituir a las antiguas”, la figura municipal estuvo ausente en los primeros documentos constitucionales.

Tanto el Acta Constitutiva de la Federación Mexicana como la primera Constitución Federal de octubre de 1824, dejaron a los estados organizar libremente su régimen interior, por lo que la organización del municipio se desplazó a las constituciones locales que continuaron remitiendo a la carta gaditana de 1812.

Las llamadas Siete Leyes Constitucionales de 1836 incluyeron la reglamentación de los municipios, al mencionarlos en la sexta de ellas, dedicada a la división de la república y al gobierno interior de los pueblos; determinando que los ayuntamientos, electos popularmente, tendrían el número de integrantes que les fuese asignado por la junta departamental respectiva, de acuerdo con el gobernador que conservaba un férreo control sobre éstas. Gobierno Interior de los Departamentos del 20 de marzo de 1837 y que, en su visión elitista, excluía de participar a la mayoría de la población.

La Constitución de 1857 no superó el viejo escrúpulo federalista, apunta Salvador Valencia, que al ponderar el campo de acción de los estados, renunció a normar la vida municipal, lo que derivó en que fueran las constituciones particulares las que se ocuparon de dividir los estados en distritos, como en Oaxaca; en cantones, como en Veracruz, o en partidos, como en Aguascalientes, circunscripciones todas éstas que usualmente se fraccionaron en municipalidades.

Tena Ramírez, por su parte, reseña y lamenta que no hubiese prosperado la adición propuesta por el diputado Castillo Velasco, que estimaba indispensable incluir un artículo que se refiriera al municipio, pues “la prosperidad de las municipalidades rebosará en los estados, y el bien de las partes hará el bien del conjunto de ellas”, por lo cual “no por ahorrar algunas palabras en el código general o por el temor de arreglar por medio de una base común algunos puntos de la administración de los estados”, debía privarse al ámbito local del rango constitucional.

De esta revisión somera, se desprende que el estatuto municipal fue uno de los temas que más opusieron a liberales y conservadores, federalistas y centralistas, republicanos y monárquicos, en la feroz guerra de ideas, como dijo Reyes Heroles, en que se debatieron a lo largo del siglo xix. Las diversas, y en no pocas ocasiones, contradictorias legislaciones que se sucedieron en el periodo, aunado al desempeño arbitrario y rapaz de los agentes enviados por el gobierno nacional, fuesen prefectos, intendentes o jefes políticos, habrían de abonar el terreno para la explosión masiva de las grandes reivindicaciones que imbricaron justicia social y municipio libre.

El 25 de diciembre de 1914, a impulso de Carranza, se aprobó precisamente una adición a la constitución del 57; se trataba de una de las llamadas “leyes preconstitucionales”, la cual anticipaba que los estados tendrían al municipio como la base de su división territorial y organización política, administrado por ayuntamientos de elección popular directa y sin ninguna autoridad intermedia entre ambos. De manera que fue casi 400 años después de la fundación del primer ayuntamiento que, al final, una Constitución del país, la del 17, lo regularía prolijamente.

De entonces a la fecha, se han aprobado 15 reformas o adiciones al artículo 115 destacando dos: la de 1983, que estableció los servicios públicos a cargo de los ayuntamientos, les cedió facultades de planeación y desarrollo urbano, potestades tributarias y el derecho de aprobar su propio presupuesto de egresos; y la de 1999, que lo reconoció como ámbito de gobierno, permitió la asociación entre municipios de estados distintos, introdujo el derecho de iniciativa en materia fiscal local y puso a las policías bajo el mando de los presidentes municipales.

Son 500 años los que han transcurrido. El municipio es hoy la organización política elemental, la más cercana a la gente; orden de gobierno colegiado y plural, sin muros de contención política, donde el pueblo participa en los asuntos que le afectan directamente. Espacio para la convivencia diaria, donde priman lo cercano y lo inmediato; ámbito en el que se defienden o vulneran los derechos esenciales de las personas; reflejo de la evolución o, al contrario, del retroceso de nuestras instituciones republicanas. Es aquí, en lo local, donde se encauza la Nación; donde adquiere densidad, vigor y humanidad. Sustento del Pacto federal, pilar del Estado y base de la integración del territorio patrio, de sus regiones y comunidades. Lugar desde el cual sucede y cobra sentido eso que nos cohesiona e identifica en la más grande diversidad: nuestra mexicanidad.

Las y los mexicanos vivimos en 2 458 municipios que son otros tantos espacios para vivir a plenitud la ciudadanía, condición que no se adquiere simplemente por cumplir la mayoría de edad legal, sino que entraña el ejercicio pleno de los derechos y la asunción cabal de las responsabilidades que a cada uno corresponden dentro de la colectividad. La política vívida, rebosante, empieza en los municipios, pero ahí no se agota pues trasciende a los estados; y es justamente esa política local, intensa y vigorosa, la que da consistencia y contenido, solidez y rumbo a la política nacional. Así lo vislumbró el constituyente Heriberto Jara quien advertía en los debates del 17 que “si queremos que los municipios sean importantes en México, deben tener autonomía política y autonomía económica”. La grandeza de esta Nación es igual a la suma de sus partes; el país empieza y termina en sus municipios.

Necesitamos un municipalismo que no fusione ni divida; uno que articule. La transformación del municipio es condición sine qua non para poner al día a nuestro régimen federal. Los ayuntamientos, depositarios de la soberanía merced al voto popular, deben contar con las capacidades políticas, financieras y organizativas para ejercer a plenitud sus facultades. Muchos son los rezagos y los pendientes, legislativos y ejecutivos. Para acometer los retos de la modernidad, al municipio se le debiera reconocer el derecho que tiene de iniciar leyes, como lo tiene previsto, por cierto, la Constitución mexiquense; ejercer sin límites su facultad reglamentaria y poder echar mano de mecanismos de control constitucional; asumir plenamente su papel como bastión de la seguridad pública, con policías que inspiren confianza; mejorar todavía más sus capacidades recaudatorias, especialmente las referentes a las contribuciones sobre la propiedad inmobiliaria, para lo que se debe modernizar los catastros; poder cobrar el derecho por la prestación del servicio de alumbrado público; proporcionar servicios públicos de calidad que lleguen a toda la población; generar un ordenamiento territorial sustentable y un desarrollo urbano basado tanto en la accesibilidad como en la movilidad; introducir mecanismos de coordinación y concertación con las comunas vecinas y con las que eventualmente comparta el fenómeno de la conurbación; facilitar la vida de las personas mediante el uso de la tecnología y la innovación; actuar, sobre todo, con transparencia y rendir cuentas de su gestión ante la sociedad.

Heredero del calpulli nativo y del ayuntamiento peninsular, el municipio se mantiene como la más antigua y más robusta forma de organización política y social. Por eso, en el encuentro académico al que convocamos, participamos validos de las distintas herramientas que nos dan la reflexión sistemática, la duda metódica y la honestidad intelectual, pero todos haciendo profesión de fe municipalista; porque atender los problemas que aquejan a este gran país pluriétnico y pluricultural, es tarea que empieza en sus municipios.

En ese foro se intercambiaron impresiones sobre la historia del municipio y sus claroscuros; con argumentos depurados y propuestas visionarias, se discutió en qué materias es necesario legislar para que se siga consolidando como el eje articulador de la transformación nacional, y cómo aprovechar las facultades y medios ya disponibles para construir las políticas públicas necesarias para la consecución de objetivos concretos. Empresa confiada a estudiosos y especialistas, pero también a los hombres de acción y compromiso. Hombres con el ímpetu que los mexicanos exigen y que los mexiquenses conocen del gobernador Alfredo Del Mazo Maza, apoyador incondicional de este trascendental evento. Él conoce la realidad municipal desde su entraña pues sirvió a Huixquilucan y dejó en herencia, finanzas sanas, viabilidad económica y productiva, enmarcadas en un clima de entendimiento político y trabajo. Ahora, como titular del Ejecutivo estatal, promueve una perspectiva integral, competitiva e incluyente del desarrollo de la entidad, en la que los 125 municipios tienen un lugar preponderante. Los mexiquenses aprovechamos que hay timón y timonel.

Como los mayores logros y satisfacciones los da el trabajo en equipo, expreso mi más amplio reconocimiento a las instituciones que sumaron capacidades y esfuerzos para hacer realidad esta iniciativa. A la Universidad Nacional Autónoma de México y a la de Guanajuato. También a la influyente Red de Investigadores en Gobiernos Locales Mexicanos y a la muy apreciada Asociación Internacional de Derecho Municipal que con gran generosidad participaron. A todos, El Colegio Mexiquense les extiende su fraternal gratitud. De todos es el mérito que nos permite producir y presentar esta gran obra en varios tomos, que hace honor al bien ganado prestigio del sello editorial de El Colegio, institución que refrenda con trabajos excepcionales como éste, su importancia como centro de investigación, enseñanza y divulgación de la cultura en ciencias sociales e historia, particularmente en desarrollo municipal.

Que el principal fruto de nuestros empeños, al celebrar la grandeza y potencial del municipio mexicano, sea su reivindicación como la piedra angular de esta Nación; como el resultante de una eclosión cultural que nos cambió para siempre y que no ha de terminar hasta que engendre una mejor sociedad: más libre, igualitaria, justa, pacífica y próspera. Donde se refrende la confianza en la tierra entrañable y en la gente cotidiana; donde tengamos un espacio común, la casa que nos cobije a todos, el escenario para la realización de cada uno, donde nos ganemos, como quisieron los padres fundadores, día a día, un pedazo de felicidad.

César Camacho

Presidente de El Colegio Mexiquense

Introducción
El municipio y las políticas públicas para impulsar el desarrollo local/territorial

Cristina Girardo *

Durante los días 10, 11 y 12 de abril de 2019 se realizó en toluca, Estado de México, el II Congreso Internacional de Derecho Municipal, con motivo del quincentenario del municipio mexicano, el cual fue organizado por El Colegio Mexiquense, la universidad de Guanajuato, la universidad nacional autónoma de México (Instituto de Investigaciones Jurídicas), la red de Investigadores en Gobiernos locales Mexicanos (Iglom) y la asociación Internacional de Derecho Municipal (Aidem), con el objetivo de reflexionar y discutir en torno a estudios sobre el municipio desde una visión transdisciplinar y multidimensional.

Las investigaciones que profundizan en aspectos teóricos del municipio, y analizan los logros y desafíos que experimentan las políticas públicas llevadas a cabo en estos espacios territoriales ocuparon, cabe señalar, un lugar destacado en este acto. Con base en los trabajos presentados se decidió invitar a sus ponentes y a otros destacados investigadores a que escribieran artículos que permitieran seguir discutiendo los resultados obtenidos. De esta manera, se pretendió explicar la significación de los gobiernos locales en un mundo globalizado con el fin de fortalecer y enriquecer la reflexión en torno a un actor esencial, como lo es el municipio, en la escena internacional y local.

Aun cuando el municipio es un espacio donde vive gran parte de la población mundial, encontrar las soluciones pertinentes para mejorar las condiciones y calidad de vida de los ciudadanos es un aspecto que aqueja hoy a sus gobernantes. las situaciones que enfrentan y las respuestas que deban hallarse abren perspectivas que obligan a reconocer y consolidar nuevos roles y actores para la gestión local, se trate del Estado, el sector privado, la economía social y solidaria, las organizaciones de la sociedad civil o la comunidad. todos son invocados para diseñar procesos de intervención que incluyan como eje central el desarrollo local/territorial, ya que, como nos señala subirats (2016: 10): “sólo en la cotidianidad del territorio compartido puede encontrar la base para articular su capacidad de respuesta”.

En el ámbito global, en estas últimas tres décadas, han acaecido acontecimientos como la globalización, la desterritorialización y reterritorialización de las actividades económicas y de las personas, la revolución digital, la financiarización de la economía, las transformaciones en el mercado de trabajo, el problema del medio ambiente, los cambios de valores, la reconfiguración de las ciudades y el nuevo panorama urbano-metropolitano, entre muchos más. Todos estos cambios apelaron a la capacidad de las economías, las instituciones y actores sociales para adaptarse a las nuevas circunstancias, y se expresaron en el ámbito espacial territorial en transformaciones y resignificación de nuevos actores e instituciones. Asimismo, nos alerta de que no estamos ante un simple desajuste del actual modelo de funcionamiento, sino más bien ante una fase de transición hacia modos diferentes de funcionamiento de la economía y la sociedad (revalorización de otros actores e instituciones, así como de distintas formas asociativas y modalidades para plantear las políticas públicas). los espacios locales no serán ajenos a estos cambios y las dificultades que arrastran desde hace tiempo deberán ser afrontadas por medio de nuevas agendas. Ante nuevos interrogantes debemos generar nuevas respuestas para resolver cuestiones municipales.

En México, las asimetrías territoriales siguen siendo relevantes. Por un lado, encontramos algunos municipios con un significativo crecimiento económico, pero con fuertes rezagos sociales, y por otra parte, existen municipios en donde ni el crecimiento económico ni el desarrollo en sentido amplio favoreció a sus pobladores. Además, la esfera de la política local se ha convertido en un territorio en disputa con la delincuencia organizada; persisten obstáculos legales y de tipo estructural que condicionan la agenda de actividades implementada hasta nuestros días, las funciones tradicionales que los municipios realizaban (asfaltado, alumbrado, limpieza de calles, etc.) han sido paulatinamente reemplazadas por agendas locales más complejas (Girardo, 2018). Como respuesta, empiezan a surgir —al menos en los espacios académicos especializados en desarrollo municipal/local/territorial— propuestas de un “nuevo municipalismo”, donde los conceptos de red, asociacionismo municipal y revalorización de lo próximo invitan a reflexionar sobre nuevas maneras de gobernar estos espacios. Se trata, pues, de adaptarse al cambio de época y paradigmas para responder a las nuevas necesidades y demandas de la ciudadanía.

Los trabajos presentados en esta parte del libro plantean el desafío de resignificar las formas de armar una nueva agenda y de gobernar de las instituciones locales. Las viejas maneras de centrar la atención en la existencia de una autoridad indiscutida y sus tradicionales modos de gobernar y, por otro lado, los ámbitos segmentados en los que se dividían los poderes públicos, negaban la colaboración y competencia con otros actores o instituciones locales. actualmente, el futuro del municipio obliga a entender estos nuevos desafíos y articular actores e intereses presentes en estos espacios.

La creciente demanda social por instaurar políticas públicas más inclusivas y más efectivas impulsa a observar el territorio municipal como un espacio en el que se integra una complejidad de relaciones políticas, sociales, económicas, culturales y ambientales; como un espacio de lucha formal y cíclica donde se debaten intereses políticos y administrativos cuyo afán es que este sea asociado con procesos flexibles organizativos que se destaquen por una o múltiples identidades que lo cohesionan y lo consolidan.

Con el objetivo de avanzar en esta dirección, se exponen aquí los estudios de distintos investigadores que han sido reelaborados para la presentación de este volumen. En primer lugar, Mauricio Merino, en “apuntes de trabajo sobre la tragedia municipal”, plantea, de manera rigurosa, los problemas en los que el municipio mexicano se quedó atrapado en estos años y las debilidades de su organización y, por otra parte, focalizando un radio más amplio, señala la conformación del Estado en su conjunto y su repercusión en estos espacios. Asimismo, revisa los lugares comunes de la visión municipal que ha prevalecido en México, expone las debilidades que aquejan a esta visión tradicional y, si bien el objetivo del autor no es encontrar soluciones, sí expone en su trabajo algunas ideas que no solo dan orden a su propia investigación, sino que también nos facilitan algunas lecciones para seguir reflexionando.

Posteriormente, Alfonso Iracheta nos presenta el texto “Principios de gobernanza local en un mundo globalizado”. reconoce en su trabajo el liderazgo ejercido por los gobiernos locales para organizar, promover y gestionar acciones que permitan elevar los niveles de desarrollo de la sociedad. Para ello, reflexiona en torno a una serie de principios torales que deben rescatarse para alcanzar una gobernanza democrática, poniendo al centro el papel de las autoridades locales como verdaderos agentes de desarrollo.

Damos continuidad a esta parte del libro con el trabajo de Francisco alburquerque, “rasgos principales del enfoque del desarrollo económico territorial”, donde reitera, por una parte, la importancia conceptual entre desarrollo municipal y desarrollo territorial, y por otra, destaca la distinción que debe realizarse entre los conceptos de crecimiento económico y desarrollo. Señala, además, la relevancia de establecer una visión amplia de desarrollo territorial que considere la cadena productiva, la tecnología, la calificación de los recursos humanos, los recursos ambientales, los bienes y servicios ecosistémicos, el sistema financiero y la organización territorial de la producción. Se detiene, igualmente, en el concepto de competitividad sistémica e incursiona en el enfoque interactivo de la innovación. Finalmente, estudia las políticas activas de empleo, dedicando la última parte al análisis de la actual crisis estructural y los escenarios de futuro para el desarrollo territorial.

El texto de Rodolfo García del Castillo, “la política pública municipal en el marco del federalismo mexicano: la historia reciente y los riesgos en el actual proceso de cambio”, profundiza aún más en las causas que dificultan el funcionamiento de los municipios en el marco del modelo federal mexicano, para lo cual analiza el proceso de las políticas, la delimitación de los modelos de federalismo, y los movimientos pendulares entre descentralización y recentralización a lo largo de tres periodos (1989-1999; 2000-2012 y 2012-2018) que nos permiten observar la complejidad y peculiaridad del sistema en su conjunto. El autor no escatima en presentar algunos desafíos que, en la actualidad, deben afrontar los municipios en México bajo el gobierno de la llamada cuarta transformación (4t), no a modo de realizar evaluaciones, sino como una oportunidad para abrir el debate sobre el federalismo, las relaciones intergubernamentales y el papel que deben asumir los estados y municipios, y para pensar las políticas públicas locales bajo nuevas premisas.

Continúa la investigación presentada por Ilaria Meli, “Modelos criminales en roma: el caso del barrio de ostia”, un sobresaliente caso de estudio para Italia, pero también en el ámbito internacional, sobre todo para México, con el fin de tomarlo en cuenta como ejemplo para aplicar enfoques de prevención ante la situación de violencia que aqueja a sus espacios municipales. La autora revisa cómo y qué factores legales permitieron a las organizaciones mafiosas de Italia actuar no solo en sus regiones de origen, sino también fuera de sus territorios tradicionales consolidándose cada vez más, incluso, formando nuevas mafias, no vinculadas con las históricas. Así, la autora se propone analizar un caso de suceso de una de estas mafias autóctonas en el barrio de ostia (roma, Italia). No escatima en considerar a ostia como un verdadero laboratorio criminal, donde la mafia y sus grupos criminales experimentan prácticas de convivencia y colaboración entre clanes sin necesidad de confrontarse, sino en realidad repartiendo los espacios de acción. Este es un interesante trabajo que permite entender cómo el crimen organizado controla los territorios en los municipios, no solo gobernando con amenazas e intimidaciones, sino mediante un consenso que crece a medida que el Estado no da respuesta a las necesidades de la población.