Ciudadanía y etnicidad en Bosnia y Herzegovina

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Lejos han quedado las esperanzas de que los políticos bosnios hiciesen una declaración de intenciones para con la Unión Europea en la que manifiesten su interés por la integración (Keil, 2008). Conforme pasan los años, los discursos belicistas y las amenazas tácitas van creciendo. Desde el año 2011, el líder serbobosnio, Milorad Dodik ha promovido varias iniciativas de referéndum. Ese año, con el objetivo de realizar una consulta sobre la autoridad del alto representante, el papel del Tribunal de Bosnia y Herzegovina y de la Fiscalía. La Oficina del Alto Representante contestó con un paquete de sanciones a lo que Dodik reaccionó retirando a todos sus delegados de las instituciones estatales. El asunto se convirtió en un conflicto diplomático con la comunidad internacional en el que tuvo que intervenir la entonces alta representante de la Unión Europea para la Política Exterior, Catherine Ashton para obligar a Dodik a retirar su consulta a cambio de la suspensión del castigo. A mediados de 2015, Dodik, entonces presidente de la Republika Srpska presentó una petición ante el parlamento de esta entidad para descongelar la iniciativa de referéndum a pesar del veto del Tribunal Constitucional y de la opinión del alto representante. En el 2016 volvió a anunciarlo por sorpresa, en esta ocasión sirviéndose del pretexto de consulta popular para la elección del Día Nacional de la Repúblika Srpska, y en el año 2018 anunció un referéndum de soberanía sin fecha definida. Entre tanto, ha pasado de presidir la entidad serbia a ser miembro de la presidencia de Bosnia y Herzegovina que le da un protagonismo algo mayor que antes.

Buscar la salida al bucle sobre el futuro del Estado es una tarea imposible para la clase política actual. La creación de un tejido económico y civil efectivo, el refuerzo de instituciones centrales como las de defensa, seguridad y justicia, un nuevo sistema electoral que acote las elecciones étnicas, y la unificación de administraciones bajo los estándares europeos no están en los programas electorales de ninguno de los partidos en el poder pero son lo que piden los ciudadanos y serían más que suficiente para el definitivo ingreso de Bosnia en la Unión Europea, tras la ratificación del Acuerdo de Asociación con la Unión Europea que se produjo en 2015. La mano de ayuda externa es crucial y depende del retorno de los Balcanes a la agenda de la Unión Europea. Claro que pocos contaban con que la Unión se encontraría sumida en un divorcio interno justo en el sexagésimo aniversario del Tratado de Roma, y que sus esfuerzos inmediatos están dirigidos a solventar el hastío y el desencanto de los países miembros más que en detenerse en los problemas de los que llaman a su puerta. Mientras tanto, Estados Unidos vuelve a poner el ojo sobre un territorio en el que nunca dejaron de medirse las fuerzas internacionales. Pero, ¿quién sabe las dimensiones regionales y geopolíticas que podría tener un Dayton II para los Balcanes? La pregunta debería hacérsela Europa.

1 A partir de aquí se usará en muchas ocasiones el término «Dayton» como sinónimo abreviado de Acuerdo de Paz de Dayton. La versión original del acuerdo

está en inglés y nunca tuvo una traducción oficial a los idiomas de Bosnia y Herzegovina por lo que para su consulta se recomienda recurrir a la página web de la Organización para la Cooperación y Seguridad en Europa (OSCE), parte responsable de supervisar la correcta implementación del Acuerdo en Bosnia y Herzegovina. Véase: The General Framework Agreement for Peace in Bosnia and Herzegovina, Dayton, 21.11.1995. Disponible en: www.osce.org/bih/126173?download=true.

2 Constitution of Bosnia and Herzegovina. Official Gazzete of Bosnia and Herzegovina, 25/09. Disponible en: http://www.ohr.int/ohr-dept/legal/laws-of-bih/pdf/001 %20- %20Constitutions/BH/BH %20CONSTITUTION %20.pdf.

3 Ustav Srpske Republike Bosne i Hercegovine. Službeni glasnik srpskog naroda u Bosni i Hercegovini, broj 3/92 [Constitución de la República Serbia de Bosnia y Herzegovina].

4 Ustav Federacije Bosne i Hercegovine, 30.03.1994. Službeni list US 1/1994 [Constitución de la Federación de Bosnia y Herzegovina].

2. Un Estado, dos entidades, tres pueblos constituyentes

Hasta la promulgación de las constituciones de la Federación y de la Republika Srpska, los textos constitucionales de Bosnia y Herzegovina desde 1943 hasta el año 1992, siempre habían garantizado, al menos sobre el papel, la igualdad de todos los pueblos constituyentes que, ante todo, eran ciudadanos del país (Omerovic, 2010). Será durante el último conflicto, cuando por primera vez la Constitución de la Republika Srpska elimina a los croatas y a los musulmanes como sujetos constituyentes de su Carta Magna, y la Constitución de la Federación hace lo propio con los serbios.

El modelo territorial que diseñó Dayton, y que se recoge en el artículo 1.1 de la Constitución concibe la continuidad del Estado de Bosnia y Herzegovina, pero bebiendo del acervo de las constituciones nacidas en la guerra. El país que emana de Dayton se constituye, así, como un estado de derecho sin definición de si es una república o una federación, que a su vez alberga una república y una federación. Las entidades tienen derecho a su nacionalidad, a sus símbolos y banderas, si bien, todo ciudadano de cualquiera de las entidades es ciudadano de Bosnia y Herzegovina (artículo 1.I, 1.2.3.4.7. Constitución de Bosnia y Herzegovina). Junto a las entidades, el anexo II de Dayton estableció la creación de un tribunal internacional de arbitraje para decidir sobre la región de Brčko, cuyo estatus final se plasmó en la fórmula de un distrito autónomo, bajo el control de las dos entidades, pero a la vez independiente de estas, que en la práctica operará como una tercera unidad territorial bajo soberanía directa del Estado, aunque administrado territorialmente por la comunidad internacional.

Mientras que la Republika Srpska opera como una república centralizada y unitaria, la Federación se divide en diez cantones con sus correspondientes parlamentos, ministerios, constituciones, y todo un entramado de administraciones locales. Esta complejísima red de subniveles gubernamentales se ha de regir por elecciones libres y democráticas, según el punto 2 del mismo artículo constitucional.

El hecho de que no exista una traducción oficial del texto constitucional a los tres idiomas de Bosnia y Herzegovina (que vienen a ser el mismo) ha servido a lo largo de estas décadas para que unas y otras voluntades políticas hagan reinterpretaciones respecto del orden jerárquico en la estructura interna del Estado. Si el Estado es una construcción de dos entidades (Vukoja, 2012) o si las entidades son parte integrante del Estado (Ibrahimagić, 2010). Sea como fuere, lo cierto es que las entidades son unidades administrativas y políticas con amplísimas competencias, planteadas en su gestación durante el conflicto como verdaderos Estados, que, aunque no lo son se comportan como si lo fueran. Cabe señalar una asimetría fundamental en su génesis, aunque ambas se gestaron durante la guerra, la Federación de Bosnia y Herzegovina es una creación de la comunidad internacional como solución a un momento dado del conflicto mientras que la Republika Srpska es el resultado del proyecto panserbio sobre suelo bosnio (Ibid). Este condicionante despierta y alimenta el debate constante sobre la viabilidad del organigrama territorial del país.

MAPA 1

MAPA TERRITORIAL DE BOSNIA Y HERZEGOVINA Y LA DIVISIÓN ADMINISTRATIVA DE LA FEDERACIÓN DE BOSNIA Y HERZEGOVINA EN CANTONES


Fuente: Wikimedia Commons y Agencia de Estadística de Bosnia y Herzegovina. Censo de población, hogares y viviendas en Bosnia y Herzegovina, 2013.

MAPA 2

COMPOSICIÓN ÉTNICA DE BOSNIA Y HERZEGOVINA ANTES DE LA GUERRA (1991)


Fuente: Ministerio de Derechos Humanos y Refugiados de Bosnia y Herzegovina, Octubre 2010.

2.1. La Republika Srpska

El nacimiento de la Republika Srpska se remonta al 9 de enero de 1992. Una fecha simbólica por ser la festividad de san Esteban (Sveti Sava), patrón de la Iglesia ortodoxa serbia. Fue el momento en el que el partido nacionalista serbio Srpska Demokratska Stranka (SDS), liderado por Radovan Karadžić –a quién le gustaba presentarse como el descendiente de Vuk, el reformador de la lengua serbia y el más famoso de los Karadžić – proclamó la autonomía unilateral de los serbios de Bosnia y Herzegovina tras el referéndum de independencia. El 28 de febrero de 1992, la Asamblea Nacional serbobosnia aprueba su Constitución, así como su Declaración Institucional y Política en la que el nombre oficial que se escoge es el de Republika Srpska. El 7 de abril de ese año, dos días después del reconocimiento de Bosnia y Herzegovina ante las Naciones Unidas, y del comienzo del asedio de Sarajevo, esa misma asamblea inviste a Karadžić como su presidente. El primer documento internacional en el que se menciona oficialmente la Republika Srpska es en el Acuerdo de Ginebra de septiembre de 1995 –precedente del Acuerdo de Dayton–: este territorio se define allí como una de las dos entidades que forman parte de Bosnia y Herzegovina (Golijanin, 2010). Sobre el topónimo, cuya terminología original se respeta aquí para que la traducción no dé lugar a confusiones con la República de Serbia (Palacios Díez, 2003), cabe añadir que ha sido objeto de debate desde su gestación porque se entiende como la república o el Estado de la etnia serbia, un apelativo que deja fuera al resto de los pueblos constituyentes, lo que fue sin duda uno de los propósitos de su fundador, el criminal de guerra Karadžić.

 

El 12 de mayo de 1992, apenas diez días después del llamado día D cuando las tropas serbias y serbobosnias cerraron definitivamente el cerco sobre Sarajevo y condenaron a la población civil a lo que será el asedio más largo de una capital en la historia moderna, se celebró en Banja Luka la XVI sesión de la Asamblea parlamentaria de la Republika Srpska, entonces denominada la «Asamblea del Pueblo Serbio de Bosnia y Herzegovina». En esta sesión, Karadžić presentaba los seis objetivos estratégicos del pueblo serbio de Bosnia y Herzegovina que serían publicados en el Boletín Oficial de la Republika Srpska, el 23 de noviembre de 1993. El primero de estos suponía la separación del pueblo serbio de las otras dos comunidades enemigas del país que «continuarían con la práctica del ataque estando juntas en un mismo Estado», según recoge el texto.

El segundo objetivo era establecer un corredor entre las zonas de Krajina (situada en la parte occidental del país, enclavada entre los ríos Sava y Vrbas) y la región de Semberija (en la parte noreste, entre los ríos Drina y Sava), como punto de interés estratégico para unir a los «serbios de Bosnia y Herzegovina con los de Serbia», así como la Krajina serbia con los territorios serbios de Bosnia y Herzegovina y de Serbia. Un auténtico trabalenguas que prosigue «pues no habrá una federación de naciones serbias si no logramos establecer un corredor que ayude a su buena integración, y nos brinde la posibilidad de una circulación ininterrumpida entre una parte de nuestro Estado y la otra». Toda una declaración de intenciones en nombre de una «gran Serbia» en las dos orillas del Drina, y más allá si cabe.

El tercer objetivo suponía precisamente la superación de la barrera geográfica de este río tan retratado como frontera entre los pueblos serbios unidos.

El cuarto punto sería el establecimiento de líneas divisorias en los ríos Una y Neretva (ambos fronterizos con Croacia), ya reconocidos sorprendentemente por la Unión Europea ese mismo año como frontera de las tropas serbobosnias, tal y como indicaba Karadžić en su discurso.

El quinto punto en las prioridades sería la división de Sarajevo entre la parte musulmana y la serbia, con poderes efectivos de dos Estados constituyentes. Karadžić especificaba que su interés por Sarajevo estaba en quinto lugar, pero las luchas por la ciudad eran prioritarias pues «las batallas por Sarajevo hacen que el frente esté lejos de las regiones de Krajina y Semberija, de Drina, de todas aquellas zonas donde podríamos tener enfrentamientos con los musulmanes, las batallas de Sarajevo decidirán el destino de Bosnia, y eso lo hemos anticipado antes. Si hay guerra, empezará y acabará en Sarajevo», comentaba.

El último punto estratégico consistía en lograr la salida al mar de la Republika Srpska, con la vista puesta en Herzegovina y su población católica. «Se trata de una frontera estratégica de Occidente y de la Iglesia ortodoxa. Es la frontera de los serbios, de los rusos, del mundo del Este, de nuestra fe», sentenciaba Karadžić. La Asamblea concluyó con el nombramiento de otro criminal de guerra, Ratko Mladic, como comandante en jefe del ahora rebautizado Ejército de la Republika Srpska, que ya no sería el JNA, el ejército de Yugoslavia.

La cuestión es cuántos de esos seis puntos estratégicos, esbozados sobre un plan de agresión para el que se acuñó el término de limpieza étnica, se han cumplido. Si nos ceñimos a los datos del nuevo censo poblacional de Bosnia de 2013, la Republika Srpska cuenta con un 81,51 % de población serbia respecto al 54,4 % del censo de 1991. Las cifras corroboran que el primer objetivo de establecer un territorio libre de las otras dos comunidades étnicas sí que se ha cumplido, muy a pesar de la propia concepción pacificadora de Dayton, en la que no había vencedores ni vencidos, y que exigía en el anexo VII todas las garantías para el retorno de refugiados y desplazados. Es cuanto menos incongruente que, ese mismo acuerdo, acabara legitimando un territorio étnicamente limpio como una parte integral del Estado. En cuanto a las fronteras de la Republika Srpska, Karadžić logró casi todos los territorios marcados. Sarajevo en su parte oriental pertenece a la Republika Srpska y es su capital de iure, aunque es Banja Luka la sede de facto de la entidad. A diferencia de la Federación, el sistema institucional de la entidad está completamente cohesionado como unidad territorial con todas las potestades administrativas necesarias, lo que la asemeja bastante a la idea de Estado que tuvo Karadžić al comenzar su ofensiva en Bosnia y Herzegovina en el año 1992, hoy catalogada por la justicia internacional como «genocida».

La organización territorial de la Republika Srpska la integran varias regiones (Banja Luka, Doboj, Bijeljina, Pale i Trebinje) que a su vez se dividen en sesenta y una municipalidades con categoría constitucional y formal de autogestión local. La estructura territorial se define en su ley fundamental (capítulo I, artículo 2, enmienda XLV de la Constitución de la Republika Srpska) como un territorio inseparable e indivisible, y tiene todas las funciones estatales a excepción de aquellas que pertenecen específicamente al Estado de Bosnia y Herzegovina –que son apenas una decena– y que han sido recogidas en su Constitución (capítulo I, artículo 3, enmienda XLVI).

Sus competencias abarcan la preservación de la integridad, el orden constitucional y la unidad territorial, aunque tuvo que modificarse un artículo mediante la enmienda XXXII, por la que se suspendieron los términos soberanía e independencia. Solo por dar unas referencias de algunas de las potestades de su parlamento, denominado Asamblea Nacional, diremos que esta tiene competencias para la promulgación de leyes y actos legales, la aprobación del presupuesto de todos los órganos de la entidad, o la celebración de referéndums, si bien tanto el Tribunal Constitucional estatal como el alto representante pueden paralizar este tipo de consultas si consideran que pone en peligro el Acuerdo de Dayton. Entre sus competencias también se encuentra la aprobación de los planes de desarrollo, la promulgación de las elecciones parlamentarias y presidenciales, así como la elección de los delegados para la Cámara de los Pueblos de la Asamblea Parlamentaria de Bosnia y Herzegovina. Este órgano tiene además potestad para la concesión de amnistías, la ratificación de acuerdos entre la entidad y otros Estados vecinos o las organizaciones internacionales siempre con el beneplácito del parlamento estatal, y es la máxima responsable para la promulgación de las reformas constitucionales (artículo 70). Puede a su vez proclamar el estado de excepción o catástrofe en caso de un ataque a su seguridad o por desastres naturales, aunque sin potestad para el uso del ejército, aun cuando dispuso del suyo propio hasta 2004, año en que se produjo la reforma estatal del sistema de defensa (artículo 70.3).

El catálogo de competencias es amplísimo. Entre otras recoge la organización territorial; la aplicación y protección de los derechos humanos y las libertades; la protección de la propiedad, el estatus legal de las empresas y otras organizaciones; las relaciones económicas con los países extranjeros; el sistema bancario; el sistema de servicios públicos, educación, cultura y la protección de los recursos culturales, deporte; medio ambiente; la cooperación internacional, con la excepción de la transferida a las instituciones de Bosnia y Herzegovina; la financiación de la Republika, y otras relaciones de interés (artículo 68).

Su Constitución, al igual que la de la Federación, está teóricamente supeditada a la Constitución de Bosnia y Herzegovina (capítulo VIII, artículo 108), pero ambas han sido objeto de numerosas enmiendas. En el año 2000, el Tribunal Constitucional de Bosnia y Herzegovina publicó un paquete de cuatro decisiones sobre la incompatibilidad de las Constituciones entitarias con la del Estado. Exigió a las entidades enmendar todos los contenidos que colisionasen con la soberanía estatal que se recoge en la Constitución de Bosnia y Herzegovina. Entre las cuatro decisiones, destaca la tercera, la sentencia U5/98 especialmente trascendente porque impuso la igualdad de los tres pueblos constituyentes en la totalidad del territorio como se verá más adelante. Este derecho no estaba garantizado en los textos entitarios. Las decisiones del Tribunal exigían las entidades a la adopción de más de un centenar de enmiendas que sus gobiernos no quisieron aplicar, lo que obligó a la intervención del alto representante, que las enmendó en uso de los poderes de Bonn, por medio de una Decisión Especial en el año 2002.

Organización territorial e institucional de la Republika Srpska

La distribución de poderes recae en el caso del legislativo, en la Asamblea Nacional, el ejecutivo en el gobierno, el presidente y dos vicepresidentes de la entidad, mientras que el judicial corresponde al Tribunal Supremo y al resto de tribunales, a excepción del Tribunal Constitucional que no pertenece a la categoría de organismos judiciales según la Constitución de la entidad, sino que su jurisdicción es independiente y exclusiva, al tener la competencia para juzgar la constitucionalidad de todos los poderes.

Desde el año 2000, tras la sentencia U5/98 del Tribunal Constitucional de Bosnia y Herzegovina sobre la obligatoriedad de establecer la igualdad soberana de los tres pueblos constituyentes en todo el territorio de Bosnia y Herzegovina (de la que se habla más adelante), la Republika Srpska tuvo que reformar su Constitución, al aprobar entre otras las enmiendas LXXVI-LXXIX por las que se creaba una nueva cámara parlamentaria, el Consejo de los Pueblos de la Republika Srpska que, junto con la Asamblea Nacional, asume el poder legislativo de esta entidad. Si bien no se trata de una segunda cámara, pues no tiene competencias para participar en la elaboración de leyes, es la encargada de asegurar que las leyes votadas estén en consonancia con el interés nacional vital de todos los pueblos constituyentes de la Republika Srpska.

El poder legislativo recae en la Asamblea Nacional como máximo órgano constitucional. Se trata de un parlamento unicameral compuesto por 83 delegados que son elegidos de forma directa desde las unidades electorales que, bajo el principio de proporcionalidad, garantizan la representación de todos los municipios (capítulo V, artículo 71). La presidencia de la Asamblea está compuesta por un presidente y dos vicepresidentes (artículo 79) y a partir de las enmiendas aprobadas en el año 2002 se garantizan al menos cuatro escaños para cada pueblo constituyente.

El Consejo de los Pueblos se compone de 28 diputados, elegidos a partir del principio de representación paritaria, de manera que ocho pertenecen a cada pueblo constituyente y cuatro al grupo de los «otros» (artículo 71). Cuenta con un presidente y tres vicepresidentes, cada uno de ellos perteneciente a un grupo constituyente, además de un representante del grupo de los «otros». Los delegados de este órgano son designados por los grupos parlamentarios (o clubes) de la Asamblea Nacional que se organizan exclusivamente para este fin de acuerdo con el origen étnico de los delegados. En el caso de que el número de miembros que se selecciona en un club sea superior al número que corresponde de delegados, se crea un grupo ad hoc compuesto por los delegados de todos los pueblos constituyentes y de las filas de los «otros» (ibid). Los grupos constituyentes tienen derecho al uso del mecanismo del veto. En caso de que una ley ponga en peligro su interés vital nacional, se abre en esta cámara un proceso de revisiones y modificaciones recogidas en la enmienda LXXXII al artículo 70.

El interés nacional vital de los pueblos constituyentes se define en esta enmienda como el ejercicio del derecho de estos: a) a ser representados adecuadamente en todos los órganos de los poderes (legislativo, ejecutivo y judicial); b) a la identidad de un pueblo constituyente; c) a las enmiendas constitucionales; d) a la organización de los órganos de los poderes públicos; e) a la igualdad de derechos de los pueblos constituyentes en el proceso de toma de decisiones; f) a la educación, la religión, el idioma, la cultura, la tradición y el patrimonio cultural; g) a la organización territorial, y h) al sistema de información pública y otros temas que pueden ser tratados como cuestiones de interés nacional vital en caso de que así lo consideren dos tercios de uno de los clubes delegados de los pueblos constituyentes en el Consejo de los Pueblos.

 

Este complejo sistema de contrapesos étnicos en esta cámara ha demostrado ser absolutamente ineficaz para alcanzar sus fines. El predominio de los delegados de origen serbio es evidente en un territorio donde el 81 % de la población es de esta etnia. En el caso del grupo croata, es habitual que sea imposible llegar al número necesario de delegados, por lo que su cuota se cubre por otros partidos, generalmente de corte serbio, y algo parecido ocurre en el club de los bosniacos. El resultado es que los votos de los croatas y bosniacos dentro de este órgano suelen ser insignificantes e insuficientes para bloquear cualquier iniciativa que consideren perjudicial para su grupo étnico. Sobre esta situación no se levanta apenas polvareda desde los bastiones del nacionalismo croata como sí lo hace sobre sus intereses en la entidad de la Federación.

Según el artículo 89, el máximo órgano consultivo de la Republika Srpska es el Senado, compuesto por 55 miembros nombrados por el presidente de la entidad, por lo general personalidades del ámbito de la cultura, la ciencia y la sociedad. Sus consultas se refieren a cuestiones de interés político, nacional, económico o cultural.

El presidente de la Republika Srpska representa a la entidad y tiene competencias mucho más amplias que el gobierno, por lo que la estructura política de la república tiene las características de un sistema presidencialista a la vez que parlamentario (Golijanin, 2010). Además del presidente, que se elige por sufragio universal para un mandato de cuatro años, y por un máximo de dos legislaturas consecutivas, la presidencia está compuesta a su vez por dos vicepresidentes elegidos desde las filas de los otros dos pueblos constituyentes (artículo 83). Una de sus particularidades es que la Constitución contempla el veto suspensivo por parte del presidente a las leyes aprobadas en la Asamblea para que vuelvan a ser votadas en ella (enmienda XL, artículo 80), si bien serán de promulgación obligatoria en caso de que el parlamento las vuelva a votar.

El ejecutivo en la Republika Srpska lo representa el gobierno, que cuenta con un presidente a la cabeza y dos vicepresidentes (capítulo II, artículo 92), además de 16 ministros. Tras las enmiendas de 2002, tanto los ministros como la presidencia del gobierno están sometidos a la cuota de representatividad de los tres pueblos constituyentes según el censo de 1991, tal y como dictaminó el Tribunal Constitucional de Bosnia y Herzegovina (enmienda LXXXV, artículo 97). De este modo, el presidente (que siempre es serbio) y los vicepresidentes deben ser de diferentes grupos constituyentes, mientras que los ministros se dividen los cargos en cuotas de ocho representantes serbios, cinco bosniacos y tres croatas (artículo 92), que pueden encabezar cualquiera las diferentes carteras: industria, finanzas, educación y cultura, justicia, interior, administración pública y local, sanidad y asuntos sociales, agricultura, agua y bosques, comunicaciones y transportes, comercio y turismo, territorialidad, trabajo y pensiones de veteranos de guerra, relaciones económicas y cooperación regional, refugiados y desplazados, ciencia y tecnología, familia, juventud y deporte. El presidente del ejecutivo tiene la potestad de reservar un ministerio para un representante del grupo de los «otros». Además de estos ministerios, la Republika Srpska tiene seis administraciones generales y veinte organizaciones administrativas.

El poder judicial lo integran diecinueve juzgados de primera instancia, cinco tribunales regionales y el Tribunal Supremo que es el máximo órgano judicial de la entidad y el encargado de coordinar los diferentes juzgados, sus competencias, posibles disputas, así como el reglamento. El Tribunal Constitucional se compone de nueve miembros nombrados por la Asamblea Nacional y el Consejo de los Pueblos. Según su constitución, está concebido como un órgano independiente del sistema judicial pues el artículo 121 señala que el poder judicial lo ejercen los tribunales y reserva un capítulo específico para el Tribunal Constitucional (capítulo IX), como garante exclusivo de la protección de la Constitución en colaboración con el Consejo para la Protección del Interés Vital, un órgano compuesto por siete miembros de los tres pueblos constituyentes, más un representante del grupo de los «otros». Las decisiones del tribunal son definitivas y las aplica el gobierno de la entidad.

2.2. La Federación de Bosnia y Herzegovina

La primera referencia internacional a esta entidad se encuentra en el Acuerdo de Washington del 18 de marzo de 1994 con el que se ponía fin al enfrentamiento entre bosniacos y croatas, y abolía la autoproclamada República Croata de Herceg Bosna, que había puesto en marcha la parte croata en conflicto en la zona de Herzegovina. Este acuerdo planteaba el ordenamiento de la Federación como una unidad territorial dentro de la aún vigente República de Bosnia y Herzegovina, y supuso la antesala del ordenamiento territorial de Dayton, donde se ratificará por segunda vez la vigencia de esta entidad y se establecería además su división en diez cantones. El 30 de marzo de 1994, la Asamblea Constitucional de la Federación alumbraba su Constitución, que en aquel momento establecía como sujetos constituyentes al pueblo croata y bosniaco, mientras que los serbios recaían en la categoría de los «otros». Estas y otras formulaciones que se plantearon contrarias a la Constitución de Bosnia y Herzegovina, tal y como dictaminó el Tribunal Constitucional de Bosnia y Herzegovina fueron modificadas. Es interesante remarcar que la constitución de la Federación modifica la terminología de musulmanes y la cambia por bosniacos que será aceptada en la Constitución de Dayton, donde los tres pueblos constituyentes vuelven a ser sujetos soberanos, junto con los «otros», ciudadanos de Bosnia y Herzegovina (Constitución de Bosnia y Herzegovina). Al menos en el preámbulo.

Ambos acuerdos, tanto el de Washington como el de Dayton enterraron la idea de una confederación de los territorios croatas de Bosnia y Herzegovina con la República de Croacia, tal y como se apuntó en un primer momento respecto de la razón de ser de esta entidad, y que hoy sigue flotando entre los círculos nacionalistas croatas. A cambio, las partes acordaron convivir en una federación de ambos pueblos constituyentes. Gracias a la posibilidad que contempla la Constitución de Bosnia y Herzegovina de formalizar relaciones especiales entre las entidades con los Estados vecinos, la Federación estableció desde el año 1996 importantes acuerdos con Croacia en materia económica, educativa, inversiones conjuntas, uso industrial y energético. Se garantizó además a Bosnia y Herzegovina la salida al mar a través de la Federación que hoy está en el municipio de Neum, y había un acuerdo preliminar para el uso del puerto comercial de Ploće que, sin embargo, nunca fue ratificado por parte de Croacia.

Del mismo modo que ocurre en el caso de la Republika Srpska, la Federación, que abarca un 51,5 % del total del territorio de Bosnia y Herzegovina, tiene su propia nacionalidad, su himno, escudo y bandera, aunque desde el año 2006, ha sido considerada por el Tribunal Constitucional de Bosnia y Herzegovina no acorde con la representación de los tres pueblos constituyentes pues solo cuenta con los escudos croata y bosniaco. A falta de un acuerdo político, la Federación no puede hacer uso oficial de bandera y escudo.

Esta entidad cuenta con casi el doble de población que la Republika Srpska. Según el último censo poblacional de 2013, el 62,85 % de los habitantes de Bosnia y Herzegovina viven en la Federación, mientras que el 34,8 % lo hace en la Republika Srpska. Étnicamente, la mayoría de la población es bosniaca, un 70,4 %, seguida de un 22,4 % de croatas, y apenas un 3,6 % de serbios. Sin embargo, en el censo de 1991, que continúa vigente en las leyes en todos los niveles administrativos, la Federación cuenta con un 52,3 % de bosniacos, un 21,9 % de croatas y un 17,6 % de serbios, lo que es una muestra del fracaso de las políticas de retorno de refugiados.

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