La teoría de la argumentación en sus textos

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Quizás valga la pena volver a subrayar que lo que estoy rastreando es el sentido cotidiano de “argumento” (como argumento2). Los estudiosos de la argumentación pueden haberse acostumbrado (sea cual sea la razón) a distinguir “peleas”, “reyertas”, “argumentos”, “contiendas”, “querellas” y “disputas”, entre sí, con diversos fundamentos. Pero no creo que todas estas cosas se distingan tan cuidadosamente en la conversación cotidiana. No puedo imaginar, por ejemplo, a gente común y corriente tratando de decidir si lo que los vecinos de al lado estaban teniendo era una “reyerta” o era un “argumento”; no puedo imaginar a un consejero de familia en un centro de atención preguntando a su cliente: “Bueno, lo que tuvo con su cónyuge ¿fue una disputa o fue un argumento?” No puedo imaginar estas cosas precisamente porque creo que el sentido cotidiano de “argumento” (como argumento2) se refiere simplemente, de modo paradigmático, a esos casos en los que tiene lugar un desacuerdo abierto y extendido entre los que interactúan5.

ARGUMENTO1

Vuelvo a prestar atención ahora a la pregunta por un caso paradigmático de argumento1. Esta cuestión requiere, sin embargo, una limpieza preliminar del terreno en relación con la naturaleza de los argumentos1.

¿El argumento1 es un acto de habla? He caracterizado con anterioridad un argumento1 como “un tipo de expresión o una especie de acto comunicativo” (O’Keefe, 1977, p. 121). Burleson (1979, p. 139) y Wenzel (1980, p. 113) han empleado una caracterización similar al describir el argumento1 como “un tipo de acto de habla”.

Ahora no me siento inclinado a pensar que estas formas de caracterizar el argumento1 sean muy apropiadas. Puede que la dificultad que veo resulte más clara considerando la discusión de John Searle (1969) de los actos de habla. El análisis de Searle envuelve el examen de una variedad de verbos para actos de habla: prometer, pedir, recomendar, excusarse y demás. Pero también disponemos de las nociones de “promesa”, “petición”, “recomendación”. Ahora bien, una promesa no es obviamente un acto de habla; prometer es un acto de habla y una promesa es lo transmitido en este acto de habla. Una recomendación no es un acto de habla; recomendar es un acto de habla y una recomendación es lo transmitido en este acto de habla.

Confío en que ahora esté claro por qué yo no querría decir que un argumento1 es un acto de habla (o un acto de cualquier otro tipo). Un argumento1, como una promesa o una recomendación, es algo transmitido por algún acto de habla. Pero ¿qué es un acto de habla?

Si es claridad lo que pretendemos, de nada serviría decir que “argumentar” es el acto de habla que transmite un argumento1 pues (como ya advertí antes) “argumentar” es ambiguo con respecto a “argumentar sobre” y “argumentar que”. Tampoco será plenamente satisfactorio decir que “argumentar que” es el acto de habla que transmite un argumento1, pues (como se constató anteriormente), “argumentar que” no es (al menos a veces) muy diferente de “sostener que” o “sugerir que”. De modo que la etiqueta más diáfana para el acto de habla que transmite un argumento1 es quizás la frase “hacer un argumento”6.

Esta distinción —entre el acto de habla de “hacer un argumento” y el argumento transmitido por tal acto de habla— tiene algunas consecuencias importantes que serán discutidas más tarde. Pero, para la línea de análisis del caso paradigmático, la implicación es que una cosa es preguntar: “¿En qué tipos de circunstancias nos inclinaríamos a decir que alguien ha hecho un argumento1?” y algo muy diferente es preguntar “¿Qué tipos de cosas estaríamos inclinados a denominar argumentos1?”. Esto es, hemos de mantener separadas la cuestión de los casos paradigmáticos de hacer un argumento y la cuestión de los casos paradigmáticos de argumento1.

Hacer un argumento. Entonces, ¿cuál es un caso paradigmático de alguien que hace un argumento1? ¿Qué tipo de ejemplos ofreceríamos a un hablante no nativo que quisiera entender qué es hacer un argumento1?

Podría ser útil empezar advirtiendo que hacer aseveraciones o sugerencias es de suyo un pobre candidato. De ordinario, no estaríamos inclinados a asegurar que alguien que dice “Vayamos al cine esta noche” ha hecho un argumento1. Ni la presentación de aseveraciones o sugerencias en contra, o la mera expresión de desacuerdo, serían buenas candidaturas para casos ejemplares de hacer argumentos. Si John dice “Vayamos al cine esta noche” y Jane responde “Quedémonos en casa”, habitualmente no nos veríamos inclinados a decir que Jane ha hecho un argumento1. Por lo general, parecería que expresar una posición sobre una cuestión o avanzar una aseveración no resulta suficiente de suyo para representar un caso paradigmático de hacer un argumento1 (aún si tales casos fueran casos no paradigmáticos de hacer un argumento).

Lo que parece estar faltando en los casos planteados hasta ahora es la expresión abierta de razones. Esto es, las consideraciones formuladas hasta aquí sugerirían que un caso paradigmático de hacer un argumento1 es un caso en el que una persona hace una aseveración y expresa abiertamente una razón (o razones) a este respecto. Pero creo que ni siquiera esto es suficiente, que hay un elemento adicional de los casos paradigmáticos de hacer un argumento, a saber: que tanto la aseveración como la razón o las razones expresadas abiertamente sean explicables lingüísticamente —lo cual no significa que sean lingüísticamente explícitas—. Esto es, en los casos ejemplares de hacer un argumento, uno debería ser capaz de decir en qué consistió el argumento1, de formular lingüísticamente tanto la aseveración como las razones expresadas abiertamente. El requisito de que aseveración y razones sean explicables lingüísticamente viene, me parece, garantizado por el hecho de que no querríamos vernos en el trance de tener que decir a nuestro hipotético hablante no nativo: “Hizo efectivamente un argumento, pero no puedo decirle en qué consistió el argumento”. Esto es, los casos paradigmáticos de hacer un argumento parecerían envolver necesariamente la explicabilidad lingüística de las aseveraciones y las razones expresadas abiertamente en juego.

Esto no significa que los casos paradigmáticos de hacer argumentos envuelvan necesariamente pretensiones explícitas lingüísticamente. Considérese, por ejemplo, una conversación en la que John dice: “Veamos una película esta noche” y Jane responde: “No están poniendo ninguna buena”. Seguramente querríamos decir que Jane ha hecho un argumento (que ha manifestado una pretensión y una razón expresada abiertamente a este respecto), aun cuando todo lo explicitado lingüísticamente es la razón formulada expresamente. La pretensión no es lingüísticamente explícita, pero es lingüísticamente explicable. La pretensión es del tenor de: “No deberíamos ver una película esta noche” (y la inferencia de que tal es la pretensión está autorizada tanto para los hablantes como para el analista por principios como las máximas conversacionales de Grize [1975])7.

Este último ejemplo es uno en el que la pretensión no se explicita lingüísticamente. ¿Podría haber un caso en el que las razones abiertamente expresadas no se explicitaran lingüísticamente? ¿En qué sentido una razón puede estar “expresada abiertamente” pero no explícita lingüísticamente? Los casos más plausibles que puedo imaginar son unos como los siguientes: (1) Imaginemos una circunstancia en la que un marido sugiere a su esposa ir al cine esa noche y la respuesta de la esposa es una mueca. Es bastante obvio que la esposa ha manifestado su posición al respecto. Pero también cabe decir que ella ha expresado abiertamente (aunque no verbalmente) una razón para rechazar la sugerencia, y que la razón sería que no tiene ganas de ir. Esta circunstancia es una en la que los deseos y las ganas de las partes involucradas afectan a la decisión, y por ende sus expresiones no verbales pueden tomarse como razones abiertamente expresadas. Pero no pensaría que la mueca de la esposa fuera un caso paradigmático de hacer un argumento1. Más bien me parece que se trata de esa suerte de caso “límite” que tan a menudo lleva a discusiones sobre definiciones. No creo que este ejemplo pudiera ser uno que ayudara a nuestro hipotético hablante no nativo. (2) Imaginemos que dos personas han estado teniendo un argumento2 sobre si es apropiado o no investigar la recombinación del ADN, una defendiendo tal investigación sobre la base de su utilidad científica, la otra criticándola sobre la base de su incompatibilidad con dogmas cristianos fundamentalistas. En un momento determinado, la defensora de la investigación dice: “Pero lo que no veo es justamente ninguna razón por la que haya de detenerse la investigación”. Y en respuesta, la otra señala simplemente una biblia. Pues bien, cabría decir que esta indicación expresa abiertamente pero no verbalmente una razón. Con todo, una vez más, este acto no parece ser un caso paradigmático de hacer un argumento1; más bien me parece un caso limítrofe similar al del ejemplo anterior. Estos ejemplos me han llevado a concluir que en un caso paradigmático de hacer un argumento la razón expresada abiertamente deber ser no solo explicable lingüísticamente sino, desde luego, lingüísticamente explícita.

Así pues, a mi juicio, un caso paradigmático de hacer un argumento1 envuelve la comunicación tanto de (1) una pretensión lingüísticamente explicable, como de (2) una o más razones expresadas abiertamente que son explícitas lingüísticamente.

Al decir que en los casos paradigmáticos de hacer un argumento las razones expresadas abiertamente son explícitas lingüísticamente, no estoy diciendo que las razones de una persona para hacer una aseveración hayan de ser lingüísticamente explícitas o explicables. Así pues, en mi análisis, no hay nada que entre en conflicto con la idea de Willard (1979, p. 211) de que “en el centro de las razones y los razonamientos de una personan residen a menudo elementos no discursivos”, siempre y cuando las “razones” y los “razonamientos” se entiendan como algo diferente de las razones expresadas abiertamente. Una persona puede tener razones no expresadas para hacer una aseveración y esas razones no expresadas pueden ser o no explicables lingüísticamente. Pero tener razones no expresadas (sean explicables lingüísticamente o no) es irrelevante para decidir si alguien ha hecho un argumento1. Uno no le diría a un hablante no nativo que proferir “Veamos una película esa noche” es un ejemplo de hacer un argumento1, ni le diría que proferir “Veamos una película esta noche” es un ejemplo de hacer un argumento1 siempre y cuando tuviera ciertos tipos de pensamientos (razones) no expresados. Esto es, con independencia de la naturaleza o del contenido de las razones no expresadas del hablante, la proferencia de “Vayamos al cine esta noche” no contaría como un caso paradigmático (si fuera un caso en absoluto) de hacer un argumento1. No son las “razones” en general, sino las razones expresadas abiertamente las que son importantes para decidir si alguien ha hecho un argumento1.

 

Argumento1. ¿Qué tipo de casos se nos presentan de suyo como casos paradigmáticos de argumento1? O ¿de qué tipos de cosas decimos de ordinario con plena confianza “Esto es un argumento” (entendido como argumento1)?

Presumiblemente las respuestas a estas preguntas no pueden ser del todo independientes del análisis de hacer un argumento. Justo como la concepción que uno tiene de una promesa está conectada presumiblemente con sus ideas acerca de lo que significa hacer una promesa, la concepción de hacer un argumento1 se halla probablemente relacionada con la idea de hacer un argumento. De ahí que pueda sernos provechoso empezar con la posibilidad de que los casos paradigmáticos de argumento1 sean casos que envuelven una pretensión y una razón o varias razones para esta pretensión. Es una concepción bastante común del argumento1. Por ejemplo, Burleson (1979, p. 141) sostiene que “un argumento se compone de una pretensión y de una proposición o un conjunto de proposiciones aducidas en su apoyo”, y Rieke y Sillars (1975, p. 48) definen un argumento (argumento1) como “una proposición con su apoyo”.

Repárese en que ambas explicaciones (la de Burleson y la de Rieke y Sillars) caracterizan el argumento1 envolviendo proposiciones de algún modo, bien como aseveración (Rieke y Sillars) o bien como apoyo/razón. A esto es a lo que Willard ha objetado repetidamente lo siguiente:

A pesar de sus desacuerdos, la mayoría de los teóricos de la argumentación parecen estar de acuerdo en que ‘argumentar’ consiste habitualmente en hacer aseveraciones y dar razones para apoyarlas. Mi única objeción a esta idea es que por lo general viene entintada por la suposición de que las aseveraciones y las razones deben estar serializadas lingüísticamente (1979a, p. 212).

Pero ahora se ha introducido cierta confusión debido a no distinguir con claridad entre argumento1 y hacer un argumento. Willard parece objetar aquí el supuesto de que en los casos de hacer un argumento las aseveraciones y las razones deben ser de un tipo determinado. Esto es algo diferente de suponer que en los casos de argumento1 las aseveraciones y las razones deben ser de un tipo determinado. Esta confusión entre las condiciones de que algo sea un argumento1 y las condiciones en las que podríamos decir que alguien se ha embarcado en el acto de hacer un argumento (esto es, que alguien ha hecho un argumento1), no es de hecho infrecuente. Por ejemplo, las que Burleson (1979, pp. 141-143) describe como “características del argumento1” parecen ser de hecho características o rasgos de hacer un argumento. Una de las características que identifica comienza de este modo: “Se dice que un discurso contiene un argumento [argumento1] solo si…”. Esto es, parece que el análisis de Burleson se precisa más claramente en la línea de indicar las condiciones en las que nos sentiríamos más inclinados a decir que una pieza de discurso contiene un argumento1 que a decir que un hablante ha hecho un argumento.

Menciono todo esto en orden a aclarar el punto central de la presente sección. Aquí estamos interesados en el (si se quiere) objeto abstracto argumento1 y en sus rasgos característicos —no en los del acto de hacer un argumento—. Por trazar un paralelismo: el punto central consiste en las promesas y sus rasgos característicos, no en prometer y los suyos.

Justo como un rasgo de las promesas es ser transmitidas por actos de prometer, así un rasgo de los argumentos1 es ser transmitidos por actos de hacer argumentos. Efectivamente, así como un rasgo de las promesas es ser el tipo de cosa que puede ser transmitido por actos de prometer, un rasgo de los argumentos1 es ser el tipo de cosas que pueden ser transmitidos por actos de hacer argumentos. Y esto a su vez sugiere que el análisis de casos paradigmáticos de hacer un argumento ayudará sin duda a identificar casos paradigmáticos de argumento1. Justo como uno puede examinar casos paradigmáticos de prometer para hallar casos paradigmáticos de promesas, así uno puede examinar casos paradigmáticos de hacer argumentos para hallar casos paradigmáticos de argumentos1.

El análisis precedente de casos paradigmáticos de hacer argumentos sugirió que tales casos envuelven la comunicación tanto de una pretensión explicable lingüísticamente, como de una o más razones abiertamente expresadas que son explícitas lingüísticamente. Entonces puede parecer que un caso paradigmático de argumento1 sería un caso tanto de una pretensión lingüísticamente explicable como de una o más razones abiertamente expresadas que fueran explícitas lingüísticamente. Pero esto no es satisfactorio del todo, pues el requisito de “explicitación lingüística” para las razones “expresadas abiertamente” es un requisito ligado a la expresión conductual del argumento1 (esto es, al acto de hacer un argumento1) —no al argumento1 en tanto que argumento1—. Una explicación más satisfactoria es que los casos paradigmáticos de argumento1 envuelven una pretensión explicable lingüísticamente y una o más razones así mismo explicables lingüísticamente. Esta formulación evita cualquier referencia al modo como un argumento1 se ha efectivamente hecho (transmitido); es decir, esta formulación distingue con mayor nitidez el objeto abstracto “argumento1” del acto de hacer un argumento.

Pero ¿por qué incluir el requisito de que los casos paradigmáticos implican pretensiones y razones explicables lingüísticamente? ¿Por qué no sugerir simplemente que los casos paradigmáticos implican “pretensiones y razones” sin más? Mi razonamiento es el siguiente: cuando uno indica casos paradigmáticos de argumento1, uno debería ser capaz de decir cuál es el argumento1 —esto es, debería ser capaz de expresar lingüísticamente tanto la pretensión como las razones—. Si nuestro hipotético hablante no nativo pidiera un ejemplo de argumento1, el ejemplo más útil sería uno que envolviera algo más que un mero señalar, un gruñir ininteligible o un agitar los brazos; uno querría ser capaz de responder a la pregunta: ¿Cuál es el argumento?”. Esto es, creo que los casos ejemplares de argumento1 son aquellos en los cabe decir: “La pretensión es tal y tal, y las razones son tales y cuales”. Así pues, entiendo que los casos paradigmáticos de argumento1 son los que envuelven una pretensión lingüísticamente explicable y una o más razones explicables lingüísticamente.

ALGUNAS CONSECUENCIAS

El análisis precedente tiene varias consecuencias para el estudio del argumento. Pueden ser convenientemente separadas en dos grupos, las que se derivan de la distinción entre el hacer un argumento y el argumento1 y las que surgen del análisis de los casos paradigmáticos de argumento1 y argumento2.

Argumento1 y hacer un argumento

Una consecuencia de la distinción entre el acto de habla “hacer un argumento” y el argumento1 que es transmitido por este acto de habla es que nos permite distinguir con más nitidez los diversos intereses que se pueden tener en el examen de los fenómenos del argumento1. Por ejemplo, los estudios de Jackson y Jacobs (1978, 1980; 1979) se centran en el acto de hacer un argumento, mientras que el modelo de Toulmin (1958) y el instrumental del lógico simbólico formal se fijan en los argumentos1 que se han hecho o cabe hacer8.

Una segunda —y más importante— consecuencia de la distinción es que ayuda a ver cómo los argumentos pueden describirse al margen de las particularidades de su empleo. Considérese la analogía con las promesas. Puedo describir la promesa que alguien me ha hecho con independencia de las proferencias del que promete en el acto de prometer; puedo abstraer, por así decir, la promesa de su particular vehículo lingüístico (o, más en general, comunicativo) y describirla. Es obvio que las proferencias del que promete están relacionadas con la promesa hecha; pero al describir la promesa, no estoy describiendo esas proferencias en sí mismas, sino más bien (si se quiere) su significado. Dados varios actos de prometer, puedo abstraer las diversas promesas y compararlas entre sí con independencia de los actos de habla en los que se han transmitido; puedo, por ejemplo, hacerme una idea de los “elementos estructurales” de las promesas (que no deben confundirse con los elementos estructurales del acto de prometer) —quizás elementos tales como qué acción fue prometida, las condiciones del cumplimiento de la promesa, el tiempo en el que lo prometido ha de ser ejecutado, etc.—, y así comparar las promesas con respecto a estos diversos elementos. También puedo por cierto describir actos de prometer (observar, quizás, las diversas maneras de realizar el acto de prometer).

Todo esto vale para los argumentos1 y para el hacer argumentos1. Puedo describir el argumento1 que alguien hace con independencia de las proferencias del hablante en el acto de hacer el argumento1; es decir, puedo abstraer el argumento1 de su particular vehículo comunicativo y describirlo. Es obvio que las proferencias del hablante están relacionadas con el argumento1 hecho; pero al describir el argumento1, no estoy describiendo las proferencias del hablante en sí mismas, sino más bien el significado de esas proferencias. Dados varios actos de hacer un argumento, puedo abstraer los diversos argumentos1 y compararlos entre sí con independencia de los actos de hacer argumentos en que se han transmitido; puedo, por ejemplo, hacerme una idea de los elementos estructurales de los argumento1 (¿tal vez la pretensión, la garantía, el cualificador, etc.?) y así podría comparar argumentos1 con respecto a estos elementos estructurales. También puedo, por cierto, describir actos de hacer un argumento (observar, quizás, las diversas maneras de realizar el acto de hacer un argumento).

Repárese en que, desde esta ventajosa perspectiva, no hay nada acerca de los argumentos1 que excluya enfoques como los adoptados por Toulmin (1958) o por un lógico simbólico tradicional. Antes al contrario, la naturaleza misma del argumento1 (frente al acto de hacer un argumento) permite legitimar su abstracción con respecto a sus vehículos lingüísticos (y kinésicos, paralingüísticos o proxémicos).

Esta conclusión discrepa directamente de lo que sostiene Willard (1976) acerca de los “diagramas de argumentos”. Estima que tales diagramas “carecen de valor descriptivo” (p. 309) y que los analistas deberían “abstenerse por completo de usar diagramas de argumentos” (p. 319). Pero sus razones para estas amplias pretensiones son bastante limitadas. Por ejemplo, sugiere que los diagramas del tipo de los de Toulmin “no pueden describir adecuadamente ‘lo que ha ocurrido’” (p. 313) cuando se ha hecho un argumento1; y que los diagramas del tipo de los de Toulmin son deficientes porque “muchas de las fuerzas que impulsan a los hablantes a determinados modos de comportamiento persuasivo… no son expresables en el lenguaje” (p. 315). Lo que este género de consideraciones puede mostrar es que el modelo de Toulmin es un medio pobre de representar el hacer un argumento, pero no muestra que los diagramas del tipo de los Toulmin sean un medio pobre de representar argumentos1. Puede que abstraer los actos de hacer argumentos de sus vehículos comunicativos se preste a objeciones; pero, según creo haber mostrado, la abstracción de argumentos1 de sus vehículos comunicativos —como se podría hacer usando diagramas del tipo de los de Toulmin— no es algo intrínsecamente incorrecto.

Nada de esto significa que cualquier uso del modelo de Toulmin, pongamos por caso, sea legítimo (véanse, por ejemplo, las observaciones de Quasthoff [1978] a Settekorn [1977]), ni desde luego que el modelo de Toulmin sea de suyo completamente adecuado (véase la sugerencia de Hample [1977] de una “inadecuación estructural” del modelo de Toulmin). Solo pone de manifiesto que no hay nada ilegítimo en la empresa con la que Toulmin y los lógicos tradicionales se han comprometido porque esta empresa se centra en los argumentos1 antes que en el acto de hacer argumentos.

 

Una tercera consecuencia de la distinción entre los argumentos1 y el hacer argumentos consiste en una posible iluminación de cómo funciona exactamente el hacer argumentos en la interacción. Es una observación común que rara vez se encuentran argumentos1 cabalmente explícitos en la conversación cotidiana (“cabalmente explícitos” en el sentido de que tanto la conclusión como todas las premisas —o pretensión, datos, garantía y demás— se hallan todas abiertamente expresadas en la conversación. Esto ha llevado a muchos investigadores a preguntarse por qué los elementos implícitos se dejan implícitos (véase Jackson y Jacobs, 1980). Pero Quasthoff (1978) ha vuelto las tornas con la pregunta: ¿Por qué los elementos explícitos se hacen explícitos? Aunque los detalles de su análisis no pueden recogerse aquí, ella muestra, dicho de manera muy genérica, que hay varias razones posibles para explicitar los elementos argumentativos explícitos —algunas de cuales tienen incidencia en el argumento1 en curso (componentes abiertos que tienen una motivación primordialmente lógico-semántica), mientras que otras la tienen sobre los aspectos interactivos del acto de hacer un argumento (componentes primordialmente motivados por su función interactiva)—. Así, por ejemplo, el carácter explícito de una garantía puede estar motivado por el hecho de que “una o más de las otras posiciones del argumento se han dejado simplemente fuera” (p. 30) o por el uso de esa explicitación como “un instrumento para iniciar o estructurar” segmentos de la interacción (p. 35). El punto importante para mis propósitos aquí es este: las características observadas de las interacciones argumentativas pueden explicarse por referencia a las características de los argumentos1 o —algo que es más bien diferente— por referencia a las características del hacer un argumento (sin dar a entender que estas sean las dos únicas posibilidades), y de ahí que el reconocimiento de la distinción entre el argumento1 y el hacer un argumento parezca importante. Entre paréntesis, puedo hacer notar que, contra la conclusión de Willard (1976) de que los diagramas del tipo de los de Toulmin no tienen ningún valor descriptivo, el uso por parte de Quasthoff (1978) de los diagramas de Toulmin para representar argumentos1 me parece un caso en el que la aplicación del modelo ha demostrado ser sumamente valiosa.

Lo que estas tres consecuencias muestran es, a mi juicio, que la distinción entre los argumentos1 y el hacer argumentos puede ser útil no solo en el sentido de contribuir a distinguir con más claridad los diversos intereses que uno puede tener al estudiar los fenómenos del argumento1, sino también en el sentido de que puede ayudarnos a proporcionar un análisis más cuidadoso tanto de los argumentos1 como del hacer argumentos.

CASOS PARADIGMÁTICOS

Pero centrar la atención en los “casos paradigmáticos” de argumento1, el hacer un argumento y el propio argumento1, también puede dar pruebas de ser beneficioso. Consideremos: ¿De qué tipo de objetos o fenómenos cabría sostener una teoría de la argumentación responsable? ¿Dónde debería uno centrar sus esfuerzos de investigación? Es obvio que estas son preguntas importantes, por cuyas respuestas se podrá juzgar la adecuación, la potencia y el posible rendimiento de unos programas de investigación y unas teorías alternativas.

Una respuesta a tales preguntas es que nuestros esfuerzos deberían centrarse en las formas más comunes de argumento1 y que las teorías incapaces de dar cuenta de estas formas comunes no son satisfactorias. Por ejemplo, Willard ha argüido que puesto que los diagramas de argumentos basados en el modelo de Toulmin requieren la expresión lingüística de las proposiciones integrantes de los argumentos1, “el diagrama de Toulmin… no puede representar uno de los más comunes (y por ende más importantes) géneros de argumento [argumento1], a saber, el argumento producido por la conjunción de diversos medios artísticos [como los concurrentes en comerciales televisivos de cerveza, automóviles o candidatos políticos]” (Willard, 1976, p. 315). Pero esta crítica depende que ya se haya garantizado que tales cosas son argumentos1; no cabe esperar que quien no esté de acuerdo en que estas cosas son argumentos1 reconozca que constituyen “uno de los géneros más comunes” de argumento1, de modo que no es probable que viera mucha fuerza en el análisis. Creo que lo que muestra esto es que si uno está de acuerdo en una definición de argumento1, entonces se allana el camino para centrarse en los casos “más comunes” o “típicos”, pero que en ausencia de tal acuerdo en la definición se impone una estrategia alternativa.

Mi convicción es que centrarse en los casos paradigmáticos de argumento1, hacer un argumento, y argumento2, depara tal estrategia alternativa. Los casos paradigmáticos son, por su propia naturaleza, casos que suscitan un amplio acuerdo con respecto a ser casos del concepto en cuestión. Aunque cabe discutir si se necesitará una teoría de la argumentación adecuada y capaz de dar cuenta del “simbolismo no discursivo” o de unas “razones no expresadas verbalmente”, de lo que no cabe duda es que se necesitará una teoría adecuada y capaz de dar cuenta de los casos paradigmáticos —y de ahí mi opinión de que son tales casos los que deberían ocupar nuestra atención en el momento presente—. Balthrop (1980, p. 203) ha remarcado este punto brillantemente:

Hasta que la bestia sea mejor conocida, yo instaría a que las investigaciones sobre el argumento [argumento1] se centraran en aquellos ítems que son identificables claramente en su función de dar apoyo o justificación a las pretensiones avanzadas. Puede resultar, en verdad, que … el comportamiento no verbal pueda proporcionar justificación … Pero concentrar las energías en fenómenos que son intuitivamente limítrofes es correr el riesgo de que se incluyan como pertenecientes al dar razones en situaciones específicas, características que no son esenciales para tal actividad y que, de hecho, podrían oscurecer aquellas que lo son … El uso más efectivo de tiempo y entendimiento parecería dictaminar concentrarse en las muestras claras de argumento.

En efecto, centrar la atención en los casos paradigmáticos puede ser la forma más rápida de mejorar las teorías de la argumentación. Una teoría que se tope con dificultades al tratar casos limítrofes puede ser gravemente deficiente o no —pero una teoría que no pueda dar cuenta de los casos paradigmáticos es sin lugar a dudas una pobre teoría—.

Instando a centrarse en casos paradigmáticos no querría dar la impresión de que creo que algo va mal cuando uno se centra en algún subconjunto de casos paradigmáticos. Por ejemplo, la atención de uno puede centrarse en esos casos paradigmáticos de argumento2 en los que se intercambian argumentos1. Como Burleson (1979a, p. 126) ha observado, la explicación presente de casos paradigmáticos de argumento2 (como interacciones en las que hay un desacuerdo extendido y abierto entre los que interactúan) “incluye necesariamente una larga serie de fenómenos que tradicionalmente carecen de interés para los estudiosos de la argumentación”. Bien puede ser el caso de que centrarse, como sugiere, en esos argumentos2 en los que se dan argumentos1 sea “más útil” para los propósitos de los teóricos de la argumentación, y nada en el presente análisis pretende obstaculizar tal foco de atención más restringido. Pero me gustaría advertir que tal foco restringido no debería cegarnos a la posibilidad de que la iluminación de argumentos2 —con argumentos1— también pudiera darse examinando argumentos2 —sin argumentos1—. Tal como Jackson y Jacobs (1980) han sugerido que los casos de desacuerdo extendido evolucionan a partir de estructuras fundamentales que se hallan en casos de simple desacuerdo, así podría ocurrir que las características de los argumentos2 —con argumentos1— se entendieran mejor por referencia a los argumentos2 —sin argumentos1—. Por ejemplo, ¿qué hace de un argumento2 “un procedimiento racional de toma de decisiones” (como ha sido caracterizado a menudo)? ¿Dónde ha de encontrarse la presunta “racionalidad” del argumento2 como procedimiento de toma de decisiones? Seguramente no puede tratarse de algo intrínseco al argumento2 pues (como creo haber mostrado) cabe tener —en un sentido perfectamente ordinario— un argumento2 sin que se intercambien argumentos1, y sin embargo tales casos de argumento2 difícilmente serían considerados ejemplos de procedimientos racionales de toma de decisiones en activo. Así pues, sospecho que cabe hallar una pista de la “racionalidad” del argumento2 como procedimiento de toma de decisiones en la comparación entre argumentos2 —con argumentos1— y argumentos2 —sin argumentos1—, (como ya ha sido, creo, implícitamente practicada por Burleson, 1979a).

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