Disrupción tecnológica, transformación y sociedad

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La lista sería de no acabar y basta, para concluir con la pequeña reseña de este libro, indicar que el autor expresa puntos de vista y análisis sobre el futuro de la humanidad, estableciendo que respecto de la 4RI existe la corriente de los “tecnooptimistas” y la de los “tecnopesimistas”. En lo que a él respecta, se estima “medianamente pesimista a mediano plazo y optimista a largo plazo” (p. 403). Lo primero, porque considera que en las próximas dos décadas tendremos “un terremoto social ocasionado por la aceleración de la automatización”, lo cual será más problemático en países latinoamericanos por contar con gran cantidad de trabajadores manufactureros y prestadores de servicios que serán fácilmente reemplazados; lo segundo porque, al igual que Harari lo afirma para un periodo más largo, opina que la humanidad en los últimos 200 años ha mejorado, en términos de expectativa de vida, pobreza, mortandad infantil, educación, calidad de vida, libertades y conflictos bélicos, también gracias a la automatización que ayudará a seguir en esa proyección.



La breve reseña de los dos libros anteriores sirve para ambientar la nueva realidad que está produciendo la 4RI, de cara a las numerosas implicaciones que está generando en el entendimiento de lo que significan la divinidad o las divinidades, la felicidad, la democracia, la cultura, la igualdad, la ética, la intimidad, las organizaciones, la producción o el éxito, para citar solo algunos aspectos que interesan a las CSH. Problemáticas que pueden observarse desde el punto de vista de la manera como se realiza la investigación, pero que involucran también la incidencia práctica que puede tener tal revolución en áreas sociales específicas. La forma como se conciba la resolución de las tensiones que se presentan a nivel social permitirá concluir si se está

ad portas

 de una situación beneficiosa o no para la humanidad.



No se trata, entonces, de temas menores. Nos hallamos ante un mundo que casi nos hace alucinar. Nos recuerda a Julio Verne, pero, mejor aún, a Black Mirror, pues lo que está aconteciendo no tiene las dimensiones de lo que ocurrió en épocas anteriores, por ejemplo, con la llegada de la televisión, y ni siquiera con la llegada de Neil Armstrong a la luna, ni mucho menos con la primera vez que el aquí y el ahora se unieron, como ocurrió con el telégrafo, por mucho que estos eventos hayan marcado generaciones enteras. Es cierto que la invención de la escritura revolucionó al mundo hace ya más de cuatro mil años, y que con anterioridad lo hizo la de la rueda, pero los periodos históricos no son comparables ni la sociedad de entonces tenía la complejidad que ahora la caracteriza. Estamos ante algo más. Mucho más profundo, mucho más sistémico, mucho más global y mucho más revolucionario.



¿Llegaremos a los pronósticos de Harari de una mayor dedicación del ser humano a las artes y al goce de la felicidad perpetua? O, por el contrario, ¿seguirá la 4RI generando discriminación y pobreza donde solo algunos pocos alcanzarán, como hoy en día, una situación digna para llevar sus vidas? ¿Se contraerán los empleos en más de un 47 % en Estados Unidos? ¿Qué ocurrirá en países como Colombia? ¿Cuántos hogares seguirán comprando el ya referido robot Profesor Einstein de Hanson Robotics –que adquirió la licencia por cinco años para usar el célebre apellido del Nobel de Física– para que ya no sean el padre o la madre quienes ayuden a sus hijos o hijas en sus tareas escolares? ¿Cuánto tiempo transcurrirá antes que un gran número de hogares, oficinas y empresas dispongan de un robot que realice funciones cotidianas? ¿Se seguirán acabando miles de empleos, como ocurrió con las quiebras de Kodak o de Blockbuster? ¿Qué se podrá decir de la privacidad? ¿Estamos frente al fin de la distinción entre moral pública y moral privada o, dicho de otro modo, entre la esfera pública y la privada?



Son muchos los interrogantes que se generan, además porque la tecnología también puede ser un instrumento de gobiernos autoritarios. Es común citar el libro

1984

 de Georges Orwell, escrito en 1949, como uno de los que mejor ha retratado los métodos autoritarios que pueden derivarse de las nuevas tecnologías. Su mensaje lo remoza en 1975 Michel Foucault con su conocido

Vigilar y castigar

, en el cual se establece cómo la autoridad ya no se ejerce sobre el cuerpo sino sobre la mente. Con independencia de la tristeza que produce nuestro país porque la vigilancia de los seres humanos sigue ejerciéndose en muchísimas ocasiones sobre el cuerpo, llegando incluso a su aniquilamiento –pensemos en las lideresas y los líderes sociales asesinadas y asesinados, o en la misma suerte que han corrido tantos miembros del Partido Comunes–, sin que hayamos ingresado de manera palmaria en un estado en el cual se privilegia la vigilancia sobre la mente, lo claro es que esta última faceta es, en términos generales, la predilecta –que no necesariamente exclusiva– de la 4RI. Como bien enuncian los profesores belgas Delforge y Gérard:



a incertidumbre en cuanto a la existencia o no de la vigilancia de nuestros actos y comportamientos se puede comprender haciendo referencia a la novela

1984

 de George Orwell y a la vigilancia establecida por el gobierno autoritario

Big Brother

. En el universo descrito por la obra, el gobierno asienta su poder utilizando todos los medios posibles para erradicar la vida privada de sus ciudadanos. El instrumento principal es la pantalla de televisión, cuya instalación es obligatoria en cada habitación. Dicha pantalla es de las normales de televisión y se usa de la misma manera que esta. Sin embargo, tiene la particularidad de funcionar con el principio del espejo sin azogue. De tal suerte, permite a

Big Brother

 observar las personas que se encuentran frente a la pantalla sin que puedan saber si son o no observadas en un momento preciso

12

.



La similitud con lo señalado por Foucault es más que evidente. Ahora bien, ¿será esta la situación que viviremos en un futuro inmediato, si es que no la estamos viviendo ya? O, por el contrario, ¿los sueños dorados que nos llegan de Silicon Valley y de Shenzhen permitirán que el ser humano se convierta en el

Homo Deus

 planteado por Harari?



Los interrogantes referidos deben buscar ideas que permitan responderlos o al menos debatirlos y estudiarlos. Sin duda, ya se ha dicho, estamos frente a una situación realmente compleja que puede llevar a lugares inexplorados, y lo peor, inconvenientes para la humanidad.



En efecto, como bien lo enunció de manera contundente a inicios de 2016 Klaus Schwab, fundador y presidente del Foro Económico Mundial:



stamos al borde de una revolución tecnológica que modificará fundamentalmente la forma en que vivimos, trabajamos y nos relacionamos entre nosotros. En su escala, alcance y complejidad, la transformación será independiente de todo lo que el género humano haya alcanzado antes. Todavía no sabemos exactamente cómo va a desarrollarse, pero una cosa es clara: la respuesta a la misma debe ser integral, completa y ha de abarcar todos los actores dentro del sistema de gobierno mundial, de los sectores público, privado, el sector educativo y obviamente a la sociedad civil

13

.



Como gran defensor y pensador de esta 4RI, en el texto en cita el autor se pregunta “si la integración inexorable de la tecnología en nuestras vidas podría disminuir algunas de nuestras capacidades por excelencia, como la compasión y la cooperación”, agregando allí mismo:



no de los mayores desafíos particulares que plantean las nuevas tecnologías de la información es la privacidad. Instintivamente entendemos por qué es tan esencial, sin embargo, el seguimiento y el intercambio de información acerca de nosotros es una parte crucial de nuestra conectividad. Los debates sobre cuestiones fundamentales tales como el impacto en nuestras vidas interiores y la pérdida de control sobre nuestros datos se harán más intensas en los próximos años. Del mismo modo, las revoluciones que se producirán en la biotecnología y la Inteligencia Artificial redefinirán lo que significa el ser humano modificando considerablemente los umbrales actuales de la duración de la vida, la salud, la cognición y las capacidades. Simplemente nos obligará a redefinir nuestros límites morales y éticos.



Los cambios seguirán siendo profundos. Razón de más para que estemos alerta. Muy alerta. Una tecnología a ultranza como se pretende por los grandes emprendedores de estos inventos no deja de ser problemática y riesgosa. De hecho, incluso quienes han liderado el giro de la humanidad hacia estos nuevos senderos se muestran inquietos, como se observa en el discurso de Mark Zuckerberg en la ceremonia de graduación de la Universidad de Harvard el 25 de mayo de 2017 al expresar que “estamos viviendo un tiempo de inestabilidad. Cuando nuestros padres se graduaron, su sentido de pertenencia venía de su trabajo, su iglesia y su comunidad. Las personas ya no quieren pertenecer a las viejas comunidades. Muchas personas se sienten aisladas y deprimidas y están tratando de llenar el vacío”. Zuckerberg se dirige, recordémoslo, sobre todo a estudiantes de países industrializados. ¿Qué ocurrirá con países no industrializados como el nuestro? Se puede suponer que la situación será aún más dramática, y no solo en el ámbito de la depresión sicológica.



No quiero con la frase anterior alinearme entre los “tecnopesimistas”, pero tampoco me gustaría hacerlo entre los “tecnooptimistas”. Como muchas situaciones de la vida, no hay claroscuros. No hay blanco y negro. Los colores suelen jugar entre ellos. Se trata entonces de buscar ponderaciones, equilibrios, análisis de contexto, para tratar de acertar lo mejor posible en los juicios a realizar. La polémica está abierta y seguirá abierta. Los instrumentos que otorga esta publicación para comprender lo que está en juego en nuestro país y en el mundo son otra ventaja –otra más– de la misma.

 



Para cerrar este escrito y tener elementos adicionales que nos ayuden a una mayor reflexión, traigo a colación referencias de dos importantes personalidades académicas y creativas del siglo XX y XXI en el tema que nos ocupa, Norbert Wiener y Stephen Hawking. El primero (1894-1964) ha sido reconocido como el padre de la cibernética; el segundo (1942-2018) fue uno de los científicos más influyentes de finales del siglo XX e inicios del XXI.



Norbert Wiener, en una postura visionaria, sentó el principio fundante de su criatura: todos los entes son comunicacionales y de lo que se trata es de interrelacionarlos. Afirmó:



o somos más que remolinos en un río de agua que fluye constantemente. No somos cosas que permanecen, sino patrones que se perpetúan. Un patrón es un mensaje y puede transmitirse como un mensaje. ¿De qué otra manera empleamos nuestra radio sino para transmitir patrones de sonido, y nuestro televisor sino para transmitir patrones de luz? Es tanto asombroso como instructivo considerar lo que sucedería si transmitiéramos el patrón completo del cuerpo humano, del cerebro humano con sus recuerdos y conexiones cruzadas, de modo que un instrumento receptor hipotético pudiera reencarnar estos mensajes en la forma apropiada

14

.



A su turno, Hawking señaló:



Usada como una herramienta, la inteligencia artificial podría aumentar nuestra inteligencia actual y abrir avances en cada área de la ciencia y la sociedad. Sin embargo, también conllevará peligros. Mientras que las formas primitivas de inteligencia artificial desarrolladas hasta ahora han demostrado ser muy útiles, temo las consecuencias de crear algo que pueda igualar o superar a los humanos. La preocupación estriba en que la inteligencia artificial se perfeccionaría y se rediseñaría a sí misma a un ritmo cada vez mayor. Los humanos, que estamos limitados por la lenta evolución biológica, no podríamos competir con ella y seríamos superados. Y en el futuro, la inteligencia artificial podría desarrollar una voluntad propia, en conflicto con la nuestra. Muchos creen que los humanos podremos controlar el ritmo de la tecnología durante un tiempo suficientemente largo, y que el potencial de inteligencia artificial para resolver muchos de los problemas del mundo se realizará. Aunque soy un reconocido optimista con respecto a la especie humana, yo no estoy tan seguro de ello

15

.



Hawking y Wiener nos hablan de las promesas y los peligros de los avances tecnológicos, en particular, de la inteligencia artificial. En esencia, Wiener plantea que los seres humanos somos patrones de conducta –¿a semejanza de la asimilación de seres humanos y algoritmos por parte de Harari?– capaces de ser transmitidos de un lugar a otro por medio de mensajes de datos. Dejando de lado la dosis de ciencia ficción que Wiener le imprimía a sus escritos, se podría decir que su especulación es hoy cierta con las redes de alta velocidad, la ubicuidad de las plataformas digitales y los avances en materia de inteligencia artificial. Es justamente esa capacidad técnica que permite identificar, recolectar, transmitir y analizar nuestros comportamientos e ideas por medio de mensaje de datos –patrones– lo que hace posible la inteligencia artificial.



Es en este sentido que debemos complementar las ideas visionarias de Wiener con la cautela de Hawking, para quien, como se acaba de anotar, la inteligencia artificial puede ser el mayor invento de la humanidad o el peor de sus desastres. Dos mentes privilegiadas que nos anuncian las disyuntivas que plantea la 4RI; dos precursores de nuestra nueva era que razonan con los mejores elementos de juicio de los cuales se pueda disponer.



¿Anulación del ser humano por las tecnologías disruptivas o perfectibilidad del mismo? ¿Fortalecimiento del autoritarismo o incremento de la democracia? Son preguntas de dos extremos que circulan en la temática que se ha escogido para esta nueva entrega de la colección “Así habla el Externado”. Al lector el desafío de profundizar en ellas.



Bogotá, abril de 2021





DANIEL CASTAÑO

*





Introducción. Del Derecho Análogo al Derecho para un Mundo Digital







RESUMEN



En esta introducción al contenido del tomo III de la obra colectiva se discuten los principales retos que emanan del Derecho del Ciberespacio dentro del contexto de la Cuarta Revolución Industrial, entendido como un derecho cuyo fin estriba en regular los asuntos públicos y privados que se realizan en el mundo digital. Así mismo, se hace una aproximación al contenido de cada uno de los escritos con el fin de presentar una visión sectorial de las promesas y retos que entraña la implementación de nuevas tecnologías en las distintas ramas del derecho. Finalmente, se proponen algunos criterios para comprender la transición de un derecho concebido para el mundo análogo a un derecho diseñado para gobernar el ciberespacio.



PALABRAS CLAVE



Cuarta Revolución Industrial, tecnología, ciberespacio, inteligencia artificial,

blockchain

.



ABSTRACT



This paper contains an introductory note into this book’s Third Volume. To that end, it describes some of the principal challenges raised by the law of cyberspace in light of the Fourth Industrial Revolution, understood as the law that governs public and private matters within the digital world. Furthermore, it presents each of the articles contained in this Volume in order to canvass a general view of the promises and perils elicited by the implementation of technology in various fields of the law. Finally, it proposes an approach to help better understand de transition from a law devised for an analogue world to a law tailored for cyberspace.



KEYWORDS



Fourth Industrial Revolution, technology, cyberspace, artificial intelligence,

blockchain

.



SUMARIO.

Parte I. Tecnología, Innovación y Disrupción Legal.


Parte II. Innovación y disrupción de las instituciones jurídicas análogas.


Parte III. A manera de conclusión. Bibliografía.



PARTE I. TECNOLOGÍA, INNOVACIÓN Y DISRUPCIÓN LEGAL



La tecnología es el proceso mediante el cual los seres humanos modifican la naturaleza para satisfacer sus necesidades (

Pearson y Young, 2002

). Así, un ordenador puede ser virtualmente cualquier cosa para la que sea programado, pues su propósito no es otro que ejecutar las instrucciones contenidas en las líneas de código diseñadas por sus programadores para cumplir tal o cual tarea, a excepción de algunos sistemas de inteligencia artificial que pueden funcionar con cierto grado de autonomía. La sinergia entre

hardware

 y

software

 se desenvuelve por medio de la modificación del entorno público y privado con el que se interactúa (

Szyperski, 2003

).



Al igual que ocurre con la tecnología, el derecho no es otra cosa que una caja de herramientas que permite desarrollar un plan de vida mediante el intercambio de bienes y servicios, bajo unas normas jurídicas que deben ser, en principio, claras, estables, predecibles y responsivas con las circunstancias sociales, políticas, económicas, culturales y tecnológicas de un momento determinado (

Shapiro, 2013

).



Por esa razón, el desarrollo de nuevas tecnologías y su vertiginosa implementación en diversos ámbitos promete cambiar el mundo como se conoce, pero también suscita muchas preguntas éticas y legales. Más sensores significa más datos, y más datos significa, eventualmente, menos privacidad y la posibilidad de que los gobiernos o empresas privadas incidan activamente en la toma de las decisiones personales. Muestra de ello son las promesas y retos de la implementación de la inteligencia artificial y de la

blockchain

.



Por ejemplo, la doctrina sostiene que la inteligencia artificial tiene el potencial de transformar radicalmente las relaciones sociales, culturales, económicas, políticas y legales (

Domingos, 2015

). En efecto, sus avances podrían optimizar o aumentar la inteligencia humana, tanto a nivel individual como colectivo, para promover la creatividad, diversificar el pensamiento y robustecer la eficiencia en la realización de muchas tareas que ocupan la cotidianidad personal y laboral del ser humano (

Goldberg y Kumar, 2018

;

Jordan, 2019

).



En ese contexto, la fuerza disruptiva de la inteligencia artificial está condicionada por tres variables esenciales: el aumento exponencial en el poder computacional, la sofisticación y proliferación de algoritmos de código abierto y, tal vez lo más importante, la generación de billones de gigabytes de datos todos los días. No en vano los datos han sido calificados como la materia prima de la Cuarta Revolución Industrial, y algunos estiman que actualmente su valor es más alto que el del petróleo (

Stephens-Davidowitz, 2017

). En un sentido similar, la

OCDE

 ha señalado que la recolección y el procesamiento de una miríada de datos ha dado lugar al surgimiento y fortalecimiento del ecosistema del Big Data (OECD, 2014).



De una parte, los datos pueden tener naturaleza personal como, por ejemplo, aquellos asociados a una persona identificada o identificable respecto de sus hábitos, comportamientos o movimientos, y de otra, pueden tener naturaleza institucional como, por ejemplo, aquellos relativos a la salud pública, la propiedad y los tributos (

Mittelstadt y Floridi

, 2016). A criterio de la OCDE, los usuarios de diferentes plataformas y servicios digitales proporcionan el Big Data a las corporaciones para su procesamiento, lo que les permite automatizar sus procesos, experimentar, y crear nuevos productos y modelos de negocio (OCDE, 2014). Por su parte, el Departamento del Tesoro del Reino Unido ha señalado que los datos permiten desarrollar nuevos modelos de negocios digitales que moneticen el

user engagement

 y la transformación de los servicios públicos a cargo del Estado (

HM Treasury, 2018

).



Es por ello que los actores públicos y privados afirman al unísono que la inteligencia artificial y el Big Data están propulsando la disrupción digital de varias industrias y la economía digital (

OCDE, 2019

;

High-Level Expert Group on Artificial Intelligence

, 2019;

McKinsey Global Institute, 2017

), lo cual genera billones en ganancias y está promoviendo la transformación de muchos sectores productivos. Aunado a ello, la inteligencia artificial también podría tener un alto valor e impacto social, en la medida en que ayudaría a combatir la desigualdad, la corrupción, el crimen y el cambio climático, promovería la justicia social y mejoraría la calidad de vida (

Floridi et al., 2018

). En otras palabras, los datos tienen un importante valor social y económico cuyo procesamiento por sistemas de inteligencia artificial tiene el potencial de impulsar radicalmente la economía digital, crear nuevos modelos de negocio, y transformar los Estados y los servicios públicos a su cargo (Castaño, 2020).



Por su parte, la tecnología

blockchain

 plantea la posibilidad de gestionar actividades de forma cada vez más automatizada a través de interacciones entre máquinas y personas, lo cual trae como consecuencia la posibilidad de cambiar la naturaleza de las relaciones con los bienes físicos (De Filippi y Wright, 2018: 4). Pero ello no es nuevo, los antecedentes se remontan al movimiento

Cypherpunk

 que proponía que los individuos se liberaran por completo del Estado, alterando con ello la naturaleza de la regulación estatal, la capacidad para gravar y controlar las actividades económicas, la capacidad para proteger la información secreta y las nociones de confianza y reputación (May, 1988).

 



La estrategia para alcanzar dicha finalidad se vio enmarcada por la idea de redes descentralizadas y resistentes gracias a la aplicación de la criptografía, en particular el sistema de claves públicas y privadas. De esa manera se pretendía democratizar los protocolos criptográficos y diseñar servicios de mensajería seguros, lo cual se convirtió en las simientes de la seguridad informática para los contratos digitales (De Filippi y Wright, 2018: 18).



De acuerdo con los postulados de Timothy May (2018), miembro del movimiento

Cypherpunk

, debido a que “un fantasma acechaba al mundo moderno” se requería que los individuos fueran liberados del Estado, lo cual se lograría implementando “redes no rastreables” y “cajas a prueba de manipulaciones que implementan protocolos criptográficos” (De Filippi y Wright, 2018). En las ideas de los

Cypherpunks

 es posible identificar un componente que tiende a la adopción de una teoría de liberalismo puro, como reivindicación del

laissez faire

 que pretende alcanzar un cooperativismo, y la exaltación de la autonomía personal a través de un

iusnaturalismo

 que se basa en el consenso (González-Meneses, 2017). Es por ello que

blockchain

 está llamado no solo a facilitar ciertas operaciones que reposan en sistemas de registro, sino a transformar la arquitectura misma del ciberespacio, así como el papel del Estado y del derecho (

Castaño, 2021

).



Estos son solo dos ejemplos de los profundos cambios y retos que el Derecho está experimentando con el advenimiento y auge de las nuevas tecnologías. En concreto, este tomo III titulado “Derecho, innovación y tecnología: fundamentos para el mundo digital” busca responder la siguiente pregunta: ¿Cómo las nuevas tecnologías y la economía colaborativa están transformando el

Derecho

,

sus principios e instituciones?



Para ello estudia en detalle las promesas, retos y problemas jurídicos suscitados por la aplicación de la inteligencia artificial, el Big Data, el

blockchain

 y el IoT en distintos ámbitos del Derecho público y privado. Los capítulos de este tomo incluyen debates en torno a la manera en que dichas tecnologías están transformando el Derecho, sus principios e instituciones jurídicas con el fin de construir un marco conceptual que no solo sirva de base para iniciar una discusión académica sobre estos temas, sino también para despejar las dudas jurídicas que pueden existir con el fin de facilitar y acelerar el desarrollo e implementación práctica de dichas tecnologías en América Latina.



La presentación de los escritos se realiza de acuerdo con la división temática. En primer lugar, los escritos incluidos en la sección relativa a los “Aspectos generales del derecho y la tecnología” tratan los problemas de la gobernanza de los sistemas de inteligencia artificial, la manera en que deben ser conceptualizadas las nuevas creaciones humanas desarrolladas en entornos virtuales, y las principales preguntas que suscitan la estructuración y operación de organizaciones autónomas descentralizadas.



La segunda sección, relativa a la Administración pública y la tecnología, la conforman dos escritos en los que discuten los desafíos derivados de la automatización de la producción de decisiones individuales de la Administración pública, y los principales retos y beneficios de implementar

blockchain

 y Big Data en el sistema colombiano de compras públicas.



La tercera sección está dedicada al estudio detallado de los

smart contracts

, o contratos inteligentes, a la luz del Derecho colombiano. Entre las cuestiones que se abordan destacan la manera en que los contratos inteligentes inciden en la arquitectura clásica del contrato, la aplicación del derecho del consumo a los contratos inteligentes, la transformación de ciertos aspectos de los contratos comerciales por cuenta de los contratos inteligentes, la construcción de una nueva teoría liberal del contrato a partir de los contratos inteligentes y los problemas jurídicos que emanan de la implementación de “oráculos”.



En la misma línea se creó una sección dedicada a abordar las principales problemáticas de la implementación de nuevas tecnologías en el sector financiero y bursátil, en la cual se explican la relación entre el

crowdfunding

, el cambio climático y las tecnologías emergentes, el impacto de dichas tecnologías en la provisión de nuevos servicios financieros, las problemáticas de la implementación de contratos inteligentes en el mercado de derivados financieros, y el impacto de las nuevas tecnologías en el contrato de seguros.



De igual forma, se dispuso de una sección sobre Derecho laboral conformada por dos artículos relativos a las formas de trabajo surgidas de las nuevas tecnologías: el contrato de trabajo y el derecho a la desconexión.



La siguiente sección trata temas de tecnología y responsabilidad, entre los que se destacan la incidencia de la implementación de inteligencia artificial en el debido proceso penal, el régimen de responsabilidad aplicable a la inteligencia artificial y el impacto de la inteligencia artificial en el Derecho de garantías en el Derecho colombiano.



Finalmente, la última sección está dedicada a abordar los retos e inquietudes que suscita la implementación de tecnologías emergentes en asuntos procesales de naturaleza administrativa y judicial, y para ello, se exploran los beneficios de gestionar el decreto, la práctica y la valoración de pruebas por medio del

blockchain

, la manera en que se ha implementado la tecnología en la gestión del arbitraje y sus retos jurídicos, y el impacto de la notificación electrónica en el Derecho tributario.



A continuación se profundiza en la explicación del contenido de cada uno de los escritos con el propósito de que el lector tenga una visión general del presente tomo.



PARTE II. INNOVACIÓN Y DISRUPCIÓN DELASINSTITUCIONES JURÍDICAS ANÁLOGAS



La innovación y las modificaciones tecnológicas han impactado con fuerza las relaciones mercantiles llamando la atención de la doctrina respecto de la aplicación de herramientas informáticas y nuevas tecnologías al Derecho comercial, como se presenta en las siguientes investigaciones realizadas por diferentes autores.



En el capítulo

“La Gobernanza Ética de los Sistemas de Inteligencia Artificial”

, el suscrito analiza los principales retos éticos que entraña la gobernanza de la inteligencia artificial estrecha o particular respecto de los derechos humanos, la democracia y el Estado de Derecho, con un especial énfasis en los efectos que el

Big Nudging

 potencialmente podría tener respecto de la privacidad, la agencia, la autonomía y la autodeterminación.



Allí se explica que la mayoría de los interrogantes que se presentan en ese campo aún no tienen una respuesta legal sustentada por una norma jurídico-positiva expedida por una autoridad legislativa o administrativa, de acuerdo con los requisitos sustanciales, formales y procedimentales fijados en una Constitución Política, razón por la cual la ética digital ha adquirido un papel fundamental.



Sin embargo, a juicio del autor, los principales problemas prácticos que enfrenta la ética digital derivan de la confusión respecto de su naturaleza no vinculante, lo cual puede generar inconvenientes en la práctica. Resulta interesante que los gobiernos y las organizaciones privadas hayan revivido el debate entre la ética y el derecho a efectos de crear estándares de conducta para el desarrollo, diseño y operación de sistemas de IA complejos que operan en la incertidumbre y más allá de cualquier cálculo jurídico.



Con fundamento en un análisis detallado, el autor concluye que la ética digital trata, en esencia, de los métodos, prácticas y protocolos que los responsables y encargados deciden diseñar e implementar de manera voluntaria y espontánea, a efectos de fortalecer los cimientos de una comunidad que respeta profundamente la privacidad y la autonomía de las personas.



Resulta innegable la importancia de los nuevos fenómenos que presenta el desar